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 La SMA formuló 8 cargos contra la compañía, por infracciones asociadas a la extracción de agua subterránea desde el Salar de Llamara, ubicado en la comuna de Pozo Almonte.

Iquique, 8 de junio de 2016. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos en contra de SQM, titular del proyecto Pampa Hermosa, ubicado en la comuna de Pozo Almonte, en la Región de Tarapacá, debido a diversos incumplimientos detectados en las medidas asociadas a sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA 890/2010 y RCA 223/2015), junto con una elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El proyecto Pampa Hermosa busca aumentar en 6.500 toneladas anuales la producción de yodo en el área Nueva Victoria, y la construcción de una nueva planta de nitrato con una capacidad de 1,2 millones de toneladas al año. Dicha actividad considera el bombeo de agua subterránea desde el acuífero del Salar de Llamara. Para mitigar el impacto de esta actividad, se estableció que la empresa debía instalar una barrera hidráulica y un Plan de Alerta Temprana.

Respecto de esta actividad, la SMA recibió denuncias por parte del Consejo Regional de Iquique, y también de ciudadanos durante los primeros meses de 2015. En agosto de ese año y durante 3 días se realizó una inspección en terreno por parte de profesionales de la SMA, CONAF y la DGA. Posteriormente, se llevó a cabo el análisis de los datos recogidos en terreno y otros que fueron requeridos a la empresa.

Luego de diversos análisis, la SMA ha formulado 8 cargos (5 leves, 2 graves y uno gravísimo). Entre los principales se encuentra la falta de implementación de la barrera hidráulica y falta de activación del Plan de Alerta Temprana, ambas medidas de mitigación complementarias orientadas a minimizar los impactos ambientales asociados a la extracción de agua subterránea desde el Salar de Llamara y a mantener los niveles de agua y calidad de los “puquíos”, ecosistemas únicos que albergan estromatolitos, entre otras diversas formas de vida microbiana, que también impactan en otros sistemas bióticos terrestres presentes en el área de influencia del proyecto. El cargo gravísimo formulado se relaciona con una posible elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), debido a que se modificaron las medidas de mitigación complementarias, referidas a cambios en la ubicación de pozos de reinyección en distintos puquíos del sector, o bien, construir pozos no autorizados ambientalmente en otras zonas.

Cabe recordar que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá un plazo de 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento1 o 15 días para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

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1 Programa de Cumplimiento: Es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular cumpla sus obligaciones ambientales. Si la SMA aprueba dicho programa, y este se ejecuta satisfactoriamente

 

 

Para mayores detalles, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1383