Luego que el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia autorizara la medida solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente para detener el funcionamiento de la Cancha de Motocross, y cuya próxima actividad se realizará los días 15 y 16 de diciembre del presente año.

Puerto Montt, 14 de diciembre de 2018. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó una medida provisional con fines exclusivamente cautelares, correspondiente a la detención total del funcionamiento de la “Cancha de Motocross” del titular Rancho Patagonia Motopark, ubicado a un costado de la Villa Lo Vásquez, en el sector de Lagunitas, ciudad de Puerto Montt, en la Región de Los Lagos, por un plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de notificación. La medida cuenta con la autorización del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia.

La acción precautoria, y previa al inicio del procedimiento administrativo sancionatorio, busca proteger la salud de las personas de las comunidades contiguas al terreno de la Cancha de Motocross, debido a que dicho titular realizará este fin de semana una nueva actividad en la zona y que podría provocar un inminente riesgo para salud mental, física y el bienestar de la comunidad, por el ruido que éste genera.

Es importante detallar que en el sector de la Villa Lo Vásquez, reside principalmente una población adulto mayor, una persona con enfermedad grave y niños en etapa preescolar. Hay un total de 25 viviendas y cuyos habitantes se verán afectados de manera directa con la realización de estas carreras.

Cabe destacar además, que debido a diversas denuncias recibidas por la SMA, se realizaron dos actividades de fiscalización en el recinto los días 17 y 18 de marzo de 2018 durante el desarrollo del “Campeonato Motocross Zona Sur”, y en las que participaron profesionales de la Oficina Regional de la SMA de Los Lagos.

En dichas inspecciones se logró medir el ruido de fondo, y que correspondió a 39 dB, por lo que según el DS N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, norma que regula la emisión de ruidos generados por fuentes fijas, no debe superar en 10 dB el ruido de fondo para zonas rurales, constatándose una superación de 22 dB. Dicho informe de fiscalización se encuentra en etapa de análisis por parte de la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA.