La decisión se adoptó luego de varias fiscalizaciones de la Superintendencia que detectaron una serie de incumplimientos que constituyen un riesgo para el entorno y la salud de las personas.

 16 de marzo de 2020

Una serie de medidas provisionales pre-procedimentales instruyó el superintendente de Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, a la Constructora Villarrica Limitada, titular del proyecto “Relleno sanitario  Villarrica”, ubicado en el sector Putué Bajo, a seis kilómetros de la ciudad de Villarrica.

La decisión se adoptó luego de varias fiscalizaciones de la Superintendencia que detectaron una deficiente operación del relleno sanitario, lo que podría afectar su estabilidad estructural (por una tasa de recepción de residuos mayor a la autorizada y como consecuencia mayor generación de lixiviados), y la calidad de las aguas superficiales y subterráneas.

También se detectaron olores molestos, proliferación de vectores y alteración de los sistemas de vida y costumbres de comunidades cercanas a la instalación, “situaciones que hacen que se genere un riesgo de daño al medio ambiente y a la salud de las personas”, según establece la Resolución Exenta 416 del 4  de marzo.

Incumplimientos ambientales

El proyecto ha sido objeto de diversas denuncias y fiscalizaciones de la SMA en los últimos siete años, y durante las últimas inspecciones efectuadas en los años 2019 y 2020 se detectó que el relleno se desarrolla en una superficie que excede la evaluada ambientalmente, así como también se ha elevado sobre la cota de terreno en una altura que en algunos sectores alcanza los 8 metros, sobre dicha cota; y casi ha duplicado las cantidades ingresadas a disposición final y la actual disposición de residuos se realiza en una superficie habilitada sobre zanjas cerradas.

Además, se detectó que la empresa no ha implementado el sistema de captación y control de lixiviados, generando un potencial riesgo de contaminación de las aguas subterráneas; que el material pétreo utilizado para la cobertura de los residuos sólidos no corresponde al material aprobado ambientalmente; y  varias áreas no tienen cerco perimetral, facilitando el acceso libre de animales y también de personas ajenas al relleno sanitario, además de propiciar el flujo de vectores de interés sanitario.

Adicionalmente, al menos tres zanjas han llegado a superar hasta 10 veces el volumen de diseño establecido en la RCA, lo que aumentaría el riesgo de la operación y el adecuado control de sus variables ambientales críticas, como la cobertura diaria y los manejos de lixiviados y biogás.

Otra anomalía es que las chimeneas de biogás no cumplen con las características establecidas en la RCA, ya que se utilizan para recircular los líquidos desde la laguna de lixiviados, evitando la salida de los gases y la acumulación riesgosa de éstos en el interior del relleno sanitario; las que pudieran generar un eventual riesgo de incendio.

Tampoco existen canales perimetrales que sirvan para recolección y conducción de aguas lluvias, tanto en el frente de trabajo como en las zanjas ya cerradas con cobertura final.

Un tema relevante es que la operación del relleno ha afectado a la comunidad mapuche “Pedro Ancalef” por malos olores, vectores y posible contaminación del estero Putúe, lo que ha provocado una pérdida creciente de prácticas culturales.

Medidas provisionales

Por todo lo anterior, el superintendente De La Maza instruyó una decena de medidas provisionales, como informar el ingreso mensual de las toneladas de residuos y de lixiviados de los últimos tres años; cerrar  y mantener integralmente el perímetro del predio en el que se emplaza el relleno sanitario; y aplicar cobertura diaria en la zanja activa con material arcilloso, con la finalidad de impedir el ingreso de agua lluvia al área de disposición de residuos y la atracción de vectores sanitarios.

Las otras medidas dice relación con secar “pozos abiertos” (sin impermeabilizar), utilizados para la acumulación de lixiviados y dirigir la extracción de líquido lixiviado exclusivamente hacia el pozo habilitado para este fin; disponer de ductos de ventilación de biogás en la actual zanja de disposición, de acuerdo al diseño del proyecto calificado ambientalmente; y monitorear las aguas subterráneas y superficiales.

El titular también deberá evaluar permanentemente la geometría y movimiento de los taludes del relleno sanitario, e implementar las medidas propuestas en el “Programa de seguridad geotécnica”.