En el marco del primer episodio de Preemergencia que rige durante esta jornada, fiscalizadores de la Superintendencia del Medio Ambiente realizaron inspecciones de fuentes fijas en la comuna de San Bernardo, quienes constataron calderas funcionando, por lo que se están evaluando los antecedentes para determinar próximas acciones sancionatorias por parte de la autoridad.

Santiago, 14 de junio de 2020. En el contexto de la primera Preemergencia establecida hoy por la Intendencia Regional Metropolitana, profesionales de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizaron durante esta jornada rondas de fiscalizaciones a fuentes fijas de las empresas Consorcio Santa Marta S.A. y Soprole S.A. ubicadas en la comuna de San Bernardo, y la empresa COSSBO S.A. en la comuna de Santiago Centro.

Las inspecciones contaron con la supervisión del Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, y del Seremi del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, Diego Riveaux quienes, en conjunto con fiscalizadores del Nivel Central de la SMA, recorrieron las instalaciones de los establecimientos, donde se constató calderas en funcionamiento, por lo que se están evaluando estos antecedentes para determinar próximas acciones sancionatorias por parte de la autoridad.

Al respecto, el Superintendente De La Maza reforzó el llamado a las empresas sujetas al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que rige para el Gran Santiago, a respetar las restricciones que fija el plan durante la Gestión de Episodios Críticos (GEC), con el objeto de evitar alcanzar altos niveles de contaminación que afecten a la población. “La intención de la SMA es tomar acciones preventivas y revisar las mejoras en los procesos productivos realizadas por esta empresa. El desafío de avanzar hacia la conectividad en línea del seguimiento de emisiones y variables operacionales de estas fuentes y permitir la realización de estas actividades de manera remota”, destacó la autoridad.

En tanto, el Seremi Diego Riveaux, explicó que se decretó Premeemergencia Ambiental para este domingo debido a que en los últimos días la cuenca de Santiago se ha visto afectada por malas condiciones atmosféricas producto de la poca ventilación y las bajas temperaturas por eso el llamado a la población es a respetar las medidas como la Restricción Vehicular, Quemas Agrícolas y uso de Calefactores a Leña: “no solamente porque está prohibida, sino porque también la leña genera contaminación intradomiciliaria, es decir, parte del humo queda dentro de las casas, y las personas vulnerables a enfermedades respiratorias – obviamente pueden tener consecuencias más graves”.

El Superintendente De La Maza señaló en tanto que “si queremos mejoras ambientales concretas debemos centrar el foco en el cumplimiento normativo. Nuestra prioridad y esfuerzo está justamente en perfeccionar el enfoque fiscalizador y adelantarnos a este tipo de contingencias como lo que hoy estamos haciendo”.

Cabe recordar, que la paralización de la industria se aplica a las fuentes estacionarias operando en grandes establecimientos industriales, cuyos titulares no acrediten mediante una medición de emisiones vigente, que la concentración de material particulado (MP) en sus emisiones, es inferior o igual a 15 mg/m3N, cuyo listado puede revisarse en: https://mma.gob.cl/listado-de-grandes-establecimientos-en-la-rm/ y el desglose de sus fuentes fijas en: https://seremi13.redsalud.gob.cl/

La medida de preemergencia regirá por un periodo de 24 horas, renovables, a partir de las 00:00 horas del día para el cual se declara el episodio crítico.

Por último, es importante destacar que las empresas que no respeten las medidas sujetas al Plan de Prevención y Descontaminación Ambiental que rige para la Región Metropolitana, se arriesgan a infracciones establecidas por la Ley Orgánica de la SMA que van desde:

  • Infracciones leves: amonestaciones por escrito y multas de 1 hasta 1.000 UTA.
  • Infracciones graves: revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva, y multas de hasta 5.000 UTA.
  • Infracciones gravísimas: revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva, y multas de hasta 10.000 unidades tributarias mensuales (UTA).

Más información en: Planes de Prevención y Descontaminación Ambiental