La medida se enmarca luego de constatar una serie de infracciones por parte de la empresa durante episodios de alerta, premergencia y emergencia ambiental.

Chillán Viejo, 30 de junio de 2020.- En el marco de las competencias fiscalizadoras de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), la entidad ambiental notificó el día de hoy el sellado y prohibición de uso por 15 días de la caldera industrial de vapor de la Planta Importadora y Exportadora Li y Chang emplazada al sur de la ciudad de Chillán Viejo. La medida fue adoptada después de constatar una serie de incumplimientos durante episodios de alerta, preemergencia y emergencia ambiental.

Este año, -según explicó el jefe de la Oficina Regional de la SMA, Cristian Lineros- la intercomuna ha presentado 19 días con episodios críticos por contaminación ambiental de material particulado, de los cuales cinco de ellos esta empresa se encontraba operando su caldera a biomasa, generando aportes contaminantes a la zona declarada como saturada.

“Este año realizamos más de 130 visitas al sector industrial, constatando el desacato de las restricciones operacionales de su fuente fija (caldera), como también la ausencia a la fecha de los informes semestrales de emisiones de material particulado (MP)”, indicó Lineros.

Añadió que en este caso se trata de una fuente fija significativa, pues consume del orden de 650 kilogramos de biomasa forestal hora. Por lo tanto y de acuerdo con la normativa ambiental, la aplicabilidad de esta infracción debe ser un requisito esencial en su comportamiento de operación, conforme a las medidas establecidas en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de Chillán y Chillán Viejo (DS 48/16).

“Esta situación, asociada al incremento de riesgos por contaminación atmosférica debido a la pandemia, permiten desarrollar este ejercicio de medidas provisionales, de manera pre procedimental, en contra de la fuente emisora identificada como “ASERRADERO LI Y CHANG”, de conformidad a lo dispuesto en las letras b) y f) del artículo 48° de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, por un plazo de 15 días hábiles”, puntualizó Lineros.

La notificación se realizó en conjunto con el Seremi del Medio Ambiente de la Región, Patricio Caamaño, quien indicó que “uno de los desafíos más grandes que existen en cualquier territorio con un Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, no es sólo declarar la condición de la calidad del aire, sino que ello sea recibido tanto por la comunidad, como por las fuentes industriales fijas, en pro de crear consciencia en todos los ciudadanos”.

Asimismo, agregó “que el trabajo colaborativo con las entidades fiscalizadoras, como los municipios, SEREMI de Salud o en este caso, la SMA, nos ayuda a mejorar la gestión y conocer los alcances que implican la implementación de la GEC (Gestión de Episodios Críticos) en las intercomunas de Chillán y Chillán Viejo”.

Cabe señalar que, al tratarse de una medida inédita adoptada por la SMA, se adoptarán todas las medidas necesarias para el resguardo de la salud la población. Se continuará intensificando la labor fiscalizadora y de coordinación e informando a los regulados los alcances y consecuencias que existen frente a incumplimientos de este tipo, que pueden ser sancionados con multas de hasta 10.000 UTA.