Infracciones se sustentan por un deficiente manejo operacional del recinto, lo que podría generar un posible daño al medio ambiente y a la salud de las personas, aun cuando esta Superintendencia ya había ordenado medidas provisionales con el objeto de mitigar los incumplimientos ambientales del proyecto.

Valparaíso, 7 de septiembre de 2020.- La Superintendencia del Medio Ambiente formuló 8 cargos contra la empresa Gestión Integral de Residuos SpA, titular del proyecto “Relleno Sanitario El Molle, ubicado en el sector Quebrada Verde, Cerro Colorado, camino La Pólvora, Comuna y Región de Valparaíso. Siete de las ocho infracciones fueron clasificadas como graves, y una leve.

Tras denuncias ciudadanas, se programó una actividad de fiscalización realizada en junio pasado en la que se constató una operación deficiente del relleno sanitario. Siendo el primer cargo por modificar el proyecto y no incluir un sistema de tratamiento de lixiviados, y su reemplazo por la acumulación y aspersión de éstos en piscinas.

Además, hubo una modificación estructural de los canales perimetrales de conducción de aguas lluvias, los que presentan trazado, características y dimensiones distintas a las evaluadas ambientalmente.

A ello se le suma no sólo la no mantención ni limpieza de los canales perimetrales de conducción de aguas lluvias, sino que tampoco ejecución de medidas comprometidas frente al afloramiento de lixiviados.

La empresa no realizó un monitoreo de agua superficial y subterránea con frecuencia trimestral: de agua superficial en el primer trimestre de 2017, tercer trimestre de 2018, cuarto trimestre de 2019 y primer trimestre de 2020; y de agua subterránea en el tercer trimestre de 2018 y, el cuarto trimestre de 2019.

Sumado a lo anterior, el relleno sanitario no adoptó medidas de contingencia comprometidas ante la contaminación de aguas superficiales y subterráneas; ni acciones ante el afloramiento y dispersión de residuos sólidos en frentes no activos del Relleno Sanitario, consistentes en la mantención frecuente de taludes y terrazas, y en recolección manual de residuos sólidos con frecuencia diaria.

Finalmente, el proyecto no informó inmediatamente a la autoridad, ni adoptó las medidas necesarias para controlar ni mitigar los impactos asociados no previstos en la acumulación de aguas en el sector denominado Tranque Valencia, las que no pueden escurrir libremente y de forma natural debido al proyecto.

La formulación de cargo -según explicó Emanuel Ibarra, jefe (S) de la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA- “se sustentan porque el relleno ha presentado, permanentemente, un deficiente manejo operacional del recinto, aun cuando la Superintendencia del Medio Ambiente ordenó medidas provisionales a la empresa orientadas a mitigar los incumplimientos ambientales detectados. Dicho actuar en la operación del relleno sanitario El Molle, podría generar un posible daño al medio ambiente y a la salud de las personas”, indicó.

Cabe señalar que este relleno -que recibe residuos domiciliarios y asimilables de las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Limache y Concón- ha sido denunciado por vecinos, frente a lo cual se fiscalizó en junio pasado constatando un mal manejo operacional del relleno sanitario.

Esto en cuanto podría afectar su estabilidad por un manejo inadecuado del sistema de lixiviados y de los canales perimetrales de aguas lluvia. Y si bien, la Superintendencia ordenó medidas provisionales en contra del proyecto el pasado tres de julio, dichas acciones aún no se encuentran ejecutadas en su totalidad.

Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa Gestión Integral de Residuos SpA, tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos respectivos.

La Ley Orgánica de la SMA establece que las infracciones graves, el titular podrá ser objeto de una clausura o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por cada una. Y frente a las infracciones leves, podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta 1.000 UTA por cada una.

Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2286