Las fiscalizaciones realizadas al alumbrado de los centros comerciales buscan preservar la oscuridad de los cielos de las regiones de Atacama y Coquimbo, donde se concentra la actividad astronómica. Con estos casos, se suman un total de 11 procedimientos de sanción por infringir la normativa lumínica en el país en lo que va corrido del año.

Santiago, 16 de noviembre de 2020.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un proceso sancionatorio contra Mall Plaza Copiapó; Homecenter Copiapó; Inmobiliaria La Serena titular de Mall Puertas del Mar; y Arauco Premium Outlet de Coquimbo, todas por infracciones a la Norma Lumínica (D.S. N°43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente).

En este caso, profesionales de la Superintendencia del Medio Ambiente realizaron distintas fiscalizaciones en terreno analizando la luminaria instalada en estacionamientos, patios de descarga y acceso a tiendas, entre otros.

Se trata de cargos leves y que suman un total de ocho por parte de éstos titulares, primero al no contar con la certificación de cumplimiento de los límites de emisión conjunta (certificación que es emitida por un laboratorio autorizado por la SEC) y, segundo por tener luminarias instaladas con un ángulo de inclinación cuya distribución de intensidad luminosa excede a la permitida para un ángulo gama mayor a 90°.

La Norma Lumínica tiene por objetivo prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, de manera de proteger la calidad astronómica de los mismos, regulando los límites máximos de emisión de intensidad luminosa, de radiancia espectral y de iluminancia de distintas fuentes emisoras, como lo son el alumbrado exterior de carácter ambiental, ornamental e industrial, así como los respectivos mecanismos de control y fiscalización.

El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza sostuvo que “la oscuridad de los cielos del Norte es un patrimonio que tenemos que cuidar, ya que nos hace únicos como país en el contexto astronómico mundial. Chile son los ojos del mundo hacia el espacio, y para esto, debemos reforzar el cumplimiento de la normativa. En ese contexto estamos fortaleciendo la fiscalización de los proyectos que deben cumplirla, y a la fecha, ya sumamos 11 procedimientos sancionatorios contra establecimientos comerciales y municipalidades”.

Cabe destacar que, estos 4 casos se suman a los procedimientos anteriormente formulados contra de las municipalidades de Mejillones, Tocopilla y Ovalle, por no cumplir la normativa en sus luminarias públicas; mientras que también se formularon cargos a Tottus Calama, el edificio corporativo de Minera Escondida en Antofagasta, Canchas Deportivas Toronto Eagles y Supermercado Jumbo, ambos de La Serena.

En tanto, Pedro Sanhueza, director de la Oficina de Protección de la Calidad del Cielo del Norte de Chile -OPCC-, añadió que “este nuevo conjunto de procesos sancionatorios viene a confirmar la amplia cobertura territorial del trabajo de fiscalización de SMA. El promedio mundial de crecimiento de la contaminación lumínica está en el orden del 2,2 a 2,4% anualmente. Sin embargo, según nuestros cálculos, en Chile este valor supera el 4% anual, lo que es preocupante, dada la alta concentración de infraestructura astronómica de punta en nuestro país, porque implica un mayor deterioro de este cielo nocturno, el mejor del hemisferio austral para la astronomía”.

Agregó que la mayor contaminación lumínica provoca efectos adversos en nuestra salud y en el entorno, además de excesos energéticos y muchas veces, iluminación de mala calidad, afectando nuestra calidad de vida. “La protección del cielo nocturno es ante todo un asunto de salud pública y protección ambiental”, sentenció.

La Ley Orgánica de la SMA (LOSMA) establece que los establecimientos comerciales notificados por esos cargos leves, podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de 1 hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por cada infracción.

Por último, los infractores tendrán un plazo de 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento, o bien, 15 días para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

Para mayores detalles, puede acceder a cada formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/