Se trata del proyecto Cantera José María -localizado en Coronel- que tiene una deficiente implementación de medidas de defensa o alteración del cauce de un estero, extrajo material pétreo de una forma distinta a la autorizada y no cuenta con medidas de seguridad vial. De los 3 cargos formulados, dos se clasifican como graves y uno como leve.

Concepción, 22 de diciembre de 2020. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Tierra Grande SpA, por incumplimientos en su proyecto “Regularización Ambiental de Extracción de Áridos Cantera José María”, calificado ambientalmente mediante la RCA N° 303/2013, el cual se ubica en la comuna de Coronel, Región del Biobío.

La Oficina Regional de la SMA, en conjunto con funcionarios de la Dirección de Vialidad y del Servicio Nacional de Geología y Minería, todos de la Región del Biobío, realizaron una serie de actividades de inspección al proyecto, analizando aspectos como el manejo de aguas superficiales, el proceso extractivo y obras asociadas para mitigar sus efectos.

“Esta fiscalización se realizó como parte de nuestro plan regional para abordar los casos complejos de áridos en las Provincias de Biobío, Arauco y este caso de Coronel. Las faenas de extracción en canteras y riberas de cauces tienen un impacto ambiental significativo, y por eso estamos intensificando las visitas a este tipo de proyectos. En este caso, nos encontramos con varios incumplimientos a su permiso ambiental”, explicó el jefe de la Oficina Regional del Biobío de la SMA, Juan Pablo Granzow.

Tras analizar la información recabada en terreno, la SMA formuló tres cargos contra la empresa. El primero, de carácter grave, se relaciona con una implementación deficiente de las medidas de defensa o alteración del cauce, lo que se manifiesta en: No construir las obras de protección de riberas necesarias en aquellas zonas donde el cauce existente no será modificado; no ejecutar obras de desvío y protección de las aguas lluvias; no construir las Piscinas de Decantación N° 1 y 2, requeridas para retener los sedimentos arrastrados por las aguas del estero; No realizar el monitoreo del estero una vez al año en el punto de descarga, ni el monitoreo visual periódico.

El segundo cargo, también grave, es por la extracción de material pétreo sin utilizar el método de terraza y sin haber iniciado las acciones de cierre de las áreas previamente intervenidas.

En tanto que el último cargo rotulado como leve, se relaciona con que la operación no contó con las siguientes medidas de seguridad vial: No construir una solución para entrada y salida de camiones; no pavimentar acceso ni implementar señalizaciones de seguridad; no contar con equipo que permita acreditar el tonelaje despachado; no contar con equipo de lavado de ruedas; y la inexistencia de control formal asociado a la verificación de las condiciones de la carga del vehículo y su encarpado.

Cabe destacar que, según la Ley Orgánica de la SMA, las infracciones leves pueden ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), mientras que las graves podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA.

Finalmente, es importante señalar que el proyecto consiste en regularizar ambientalmente la extracción y procesamiento de áridos de la Cantera José María, detallando los métodos y tasas de explotación, y las operaciones asociadas a la faena. Esta cantera se encuentra emplazada en la comuna de Coronel, dentro del fundo Forestal Panguilemu Guayo y Compañía, con una Superficie de 23 hectáreas, a 5 kilómetros al Este por la carretera Coronel a Patagual (Ruta 0-852).

Además, contempla la producción de materiales integrales, material de relleno, base estabilizada, grava y gravilla; extendiendo la vida útil de la actividad existente en 5 años, contemplando una extracción de 2.000.000 metros cúbicos de material, durante todo el periodo de vida útil.


Más información en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2345