Los cargos se formularon por incumplimientos ambientales a su PTAS La Cadellada- ubicada en la comuna de Lampa- que fueron constatados tras diversas denuncias ciudadanas recibidas ante la SMA, dos inspecciones ambientales al sector y datos aportados por instituciones sectoriales.

Santiago, 07 de enero de 2021.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló tres cargos graves contra Sacyr Aguas Chacabuco S.A., titular del proyecto “Reconversión Tecnológica Planta de Tratamiento de Aguas Servidas La Cadellada” – ubicada en la localidad de Batuco, comuna de Lampa. El primer cargo formulado es por no implementar medidas de compensación del medio biótico; es decir, descarga de efluente en el Canal Sin Nombre y construcción de Wetland (humedal artificial).

El segundo cargo, en tanto, dice relación con la implementación de un sistema de secado de lodos distinto al evaluado ambientalmente, esto es, la construcción de una cancha de secado adicional al aire libre sin cumplir con los requerimientos establecidos en la evaluación ambiental, y tiempo de residencia de lodos en la cancha de secado de 3 a 6 meses.

Y por último, el tercer cargo se formuló por no ejecutar el Plan de Monitoreo de aguas subterráneas comprometido 2 veces al año de los pozos noria de propiedad de Felipe González y Francisco León, desde el 2013 a la fecha y con la aprobación de la RCA, lo que impidió contar con datos comparables con los resultados en etapa de operación del proyecto.

El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, indicó que “tras diversas inspecciones en terreno, más las denuncias ciudadanas y sectoriales recibidas por la Superintendencia del Medio Ambiente, pudimos constatar que han trascurrido dos años durante los cuales la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas La Cadellada debería haber realizado la descarga de agua tratada desde sus instalaciones hasta el Canal Sin Nombre, lo que hasta esta fecha no se ha realizado”.

Cabe señalar que el incumplimiento del titular se agrava debido a la reducción de precipitaciones que ha afectado la zona central del país desde el año 2008, lo cual implica directamente la afectación del humedal de Batuco. Asimismo, el agua que ha sido tratada por esta Planta en particular ha sido utilizada desde mayo de 2018, en riego de predios privados, en lugar de ser un aporte en esta zona particularmente depreciada desde el punto de vista hídrico.

Denuncias y Gestiones de la SMA

Tras varias consultas de pertinencia al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) realizadas por la misma empresa respecto a modificaciones introducidas al proyecto, posteriores a su evaluación ambiental, se sumaron denuncias ciudadanas como la “Fundación Batuco Sustentable”, la que hizo presente el secado de la zona del humedal de Batuco, dada la fuerte extracción de agua desde su afluente, el que proviene de los derrames del canal Santa Sara (brazo canal El Carmen) y efluente final de la Planta que es descargado al Canal Sin Nombre.

Con estos antecedentes, el 15 de marzo de 2019, fiscalizadores de la SMA, junto a funcionarios de la Dirección General de Aguas (DGA), Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), realizaron la primera actividad de inspección ambiental al proyecto, siendo las materias relevantes de dicha actividad el estado operacional del proyecto, manejo de lodos, fauna acuática, descarga del efluente y recursos hídricos.

Posteriormente y como consecuencia de las denuncias recibidas durante el año 2020, la SMA decidió realizar una nueva actividad de inspección ambiental consistente en un examen de información, donde requirió a Sacyr Aguas Chacabuco S.A. la remisión de diversos antecedentes vinculados a la descarga de aguas tratadas.

Cabe destacar que producto de todos los antecedentes anteriores, la SMA decretó una Medida Provisional Pre Procedimental a la empresa, el 20 de noviembre de 2020, (Res. Ex N° 2327) respecto a la operación de la Planta, consistente en la presentación de un proyecto de obras(s) provisoria(s) para la descarga de los efluentes tratados de la PTAS La Cadellada al Estero Sin Nombre, afluente del Humedal de Batuco, que debía incluir una serie de acciones del titular para retomar el apego normativo de su RCA.

Dicha MP fue motivada por el riesgo inminente de daño al medio ambiente, que se encuentra generando dada la no implementación de la medida de descarga del efluente de la PTAS en el Estero Sin Nombre, en particular respecto de la merma en los aportes hídricos que sostienen al humedal bajo una condición excepcional de sequía.

En relación con los cargos formulados, el titular arriesga desde la revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Por último, Sacyr Aguas Chacabuco S.A., tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación al titular.

Para mayor detalle, acceder a las formulaciones de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):

https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2369