Se trata de un proyecto inmobiliario que está ejecutándose al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), específicamente en un área colocada bajo protección oficial y que tras fiscalizaciones se han constatado efectos en la vegetación por medio de talas no autorizada, además de exponer parte del suelo a procesos erosivos y una fuerte pendiente.

 Los Lagos, 16 de abril de 2021.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos -gravísimo y grave- contra la empresa “Alto Maullín SpA”, titular del proyecto inmobiliario “Loteo Alto Maullín”, que contempla 87 parcelas, en una superficie total de 50,3 hectáreas, ubicado en el sector Línea Nueva s/n km. 0,58, comuna de Llanquihue, Región de Los Lagos.

El cargo gravísimo se imputó por ejecutar las obras en un área colocada bajo protección oficial con afectación de suelo por procesos erosivos y fuerte pendiente, así como por tala de vegetación no autorizada, al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

El segundo cargo, en tanto, clasificado como grave, es por no cumplir la Medida Provisional Pre Procedimental de detención de funcionamiento del “Loteo Alto Maullín”, instruida por la SMA en febrero de 2021 y autorizada por el Tercer Tribunal Ambiental.

El proceso sancionatorio iniciado por la Superintendencia del Medio Ambiente es el resultado de reiteradas denuncias por parte de diversas organizaciones, quienes emplazaron a la empresa por operar al margen de la normativa ambiental, incluso sin contar con su RCA, hechos que fueron constatados por funcionarios de esta Superintendencia tras diversas inspecciones de la entidad.

Al respecto, Cristóbal De La Maza, Superintendente del Medio Ambiente, indicó que “esta formulación de cargos se relaciona directamente con la afectación y protección que debe tener un sitio prioritario para la conservación como lo es el “Río Maullín”, lugar donde se emplaza el Humedal Maullín, declarado Santuario de la Naturaleza. Allí se conservan especies de fauna y avifauna asociadas a estos ecosistemas, así como vegetación ribereña presente en el curso del río y sus alrededores.

En ese sentido, continuó De La Maza, este objeto de protección ya ha sido afectado por las obras de construcción del loteo, por lo que es altamente probable que la intervención y modificación del entorno con instalación de infraestructura para uso residencial y de equipamiento que implica este proyecto inmobiliario, pudiera ser susceptible de afectar el área colocada bajo protección oficial por su magnitud y duración, señaló.

Cabe destacar que el que no haya sido sometido al SEIA, infringe una obligación prioritaria por encontrarse dentro del Sitio Prioritario para la Conservación de la Naturaleza del Río Maullín, que tiene carácter de área bajo protección oficial desde el año 2002 y que el 2019 fuera aprobado como Santuario de la Naturaleza en el contexto del “Plan Nacional de Protección de Humedales”.

Es importante recordar que, en febrero del presente año, tras la solicitud efectuada por la Superintendencia del Medio Ambiente, el Tercer Tribunal Ambiental autorizó la detención de Obras del Proyecto Alto Maullín, por un plazo de 15 días hábiles, considerando el riesgo para el medioambiente de las actividades llevadas a cabo por la empresa en el lugar, medida que no se cumplió por parte del titular.

Respecto de las infracciones Gravísimas, el titular podrá ser objeto de Clausura, o Multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). Asimismo, en relación con el cargo Grave, la empresa podría arriesgar también Clausura, o Multa de hasta 5.000 mil UTA.

Alto Maullín SpA., tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación al titular.

Para mayor detalle, acceder a las formulaciones de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):

https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2546