{"id":21822,"date":"2020-11-13T13:55:08","date_gmt":"2020-11-13T16:55:08","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=21822"},"modified":"2020-11-13T14:03:02","modified_gmt":"2020-11-13T17:03:02","slug":"superintendencia-del-medio-ambiente-formulo-5-cargos-contra-municipalidad-de-angol","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/superintendencia-del-medio-ambiente-formulo-5-cargos-contra-municipalidad-de-angol\/","title":{"rendered":"Superintendencia del Medio Ambiente Formul\u00f3 5 Cargos contra Municipalidad de Angol"},"content":{"rendered":"<p><strong>La instalaci\u00f3n tiene un manejo deficiente en la disposici\u00f3n de residuos, evidenci\u00e1ndose la dispersi\u00f3n de \u00e9stos a predios aleda\u00f1os, presencia de vectores, falta de limpieza en superficies del relleno y \u00e1reas adyacentes, manejo deficiente o inexistentes de aguas lluvias, l\u00edquidos lixiviados y biog\u00e1s. Estos hechos son parte de las cinco infracciones detectadas por la Superintendencia en dicho proyecto de saneamiento, tres clasificadas como leves y dos graves.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Temuco, 13 de noviembre de 2020.-<\/strong>\u00a0La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formul\u00f3 cinco cargos contra la Ilustre Municipalidad de Angol, titular del proyecto <strong>\u201cPlan de Cierre y Abandono del Vertedero de Angol\u201d<\/strong> (RCA N\u00ba117\/2011), por operaci\u00f3n deficiente del recinto lo que se tradujo en incumplimientos a su permiso ambiental.<\/p>\n<p>El primer cargo dice relaci\u00f3n con la operaci\u00f3n del vertedero por sobre la vida \u00fatil proyectada para la disposici\u00f3n de los residuos s\u00f3lidos domiciliarios, seg\u00fan lo dispuesto en su evaluaci\u00f3n ambiental. Lo anterior dice relaci\u00f3n con la solicitud que el Municipio present\u00f3 al Servicio de Evaluaci\u00f3n Ambiental (SEA) de la Regi\u00f3n de La Araucan\u00eda para el \u201cPlan de Cierre\u201d, cuyo objetivo era normalizar y optimizar la operaci\u00f3n del Vertedero mediante el desarrollo de un plan de cierre y abandono, restituyendo el terreno de emplazamiento del lugar a las condiciones base de \u00e9ste.<\/p>\n<p>Para dicho fin, su Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA), contemplaba una vida \u00fatil proyectada para la disposici\u00f3n final de residuos s\u00f3lidos domiciliarios hasta el a\u00f1o 2012, extendida hasta diciembre de 2017 mediante Resoluci\u00f3n Exenta N\u00b0 211\/2016 del SEA, fecha en la cual \u00e9stos deber\u00edan haber sido destinados al Centro de Manejo de Residuos para la Asociaci\u00f3n de Malleco Norte, o en su defecto, al Vertedero de la comuna de Mulch\u00e9n, administrado por la sociedad Servimar S.A. Sin embargo, dicho Plan a\u00fan no se lleva a efecto debido a retrasos en la implementaci\u00f3n de un nuevo relleno sanitario Angol-Collipulli.<\/p>\n<p>El segundo cargo dice relaci\u00f3n con el cerco perimetral del recinto, el que no cumple con las caracter\u00edsticas constructivas necesarias, pues en las inspecciones se comprob\u00f3 que no existe muro de alba\u00f1iler\u00eda en los costados Este y Sur, mientras que producto de la presi\u00f3n de los residuos que crecen en altura, hay un colapso en los sectores Norte y Oeste, que provoca la dispersi\u00f3n de desechos en predios aleda\u00f1os y en el muro interno del vertedero que divide el sector Norte y Sur de \u00e9ste.<\/p>\n<p>En tanto, el tercer cargo -clasificado como grave- contempla una operaci\u00f3n deficiente en el manejo de la disposici\u00f3n de residuos s\u00f3lidos domiciliarios, sin demarcaci\u00f3n y sin control de taludes ni cobertura diaria, observ\u00e1ndose en las inspecciones aves carro\u00f1eras (jotes), vectores como moscas, y perros vagos, pues no se ha puesto en marcha el Programa de Control sanitario respectivo. A lo anterior, se suma el no contar con un sistema de canalizaci\u00f3n de aguas lluvias y un manejo deficiente de los lixiviados generados en el proyecto.<\/p>\n<p>El cuarto cargo -tambi\u00e9n clasificado como grave- formul\u00f3 al Municipio por no reportar los informes semestrales de monitoreo y control de aguas superficiales y subterr\u00e1neas del vertedero y, por \u00faltimo, un quinto cargo que imputa el no responder un requerimiento de informaci\u00f3n realizado por la Superintendencia en 2019.<\/p>\n<p>\u201cHemos fiscalizado a este proyecto en tres oportunidades, encontrando deficiencias en su operaci\u00f3n y manejo fuera de lo autorizado en su permiso ambiental. Este es un caso importante en la zona, que se enmarca en el programa de fiscalizaci\u00f3n de planes de cierre de vertederos que lleva a cabo esta Oficina Regional, ya que uno de los aspectos cr\u00edticos es la potencial afectaci\u00f3n a sectores cercanos al proyecto producto de las deficiencias en la gesti\u00f3n del vertedero\u201d, inform\u00f3 Luis Mu\u00f1oz, jefe de Oficina de la SMA en la Araucan\u00eda.<\/p>\n<p>El Vertedero de Angol, se ubica en el centro urbano de la ciudad (camino a Deuco) y en \u00e9l se depositan aproximadamente 150 toneladas diarias en un frente de trabajo sin demarcaci\u00f3n, que crece en altura y sin cobertura de residuos. Estos hechos se constataron en distintas inspecciones ambientales realizadas en 2018, 2019 y en marzo de este a\u00f1o.<\/p>\n<p>En total, tres de las infracciones se clasifican como leves y dos como graves. Seg\u00fan Ley Org\u00e1nica de la SMA (LOSMA), las infracciones leves pueden ser objeto de amonestaci\u00f3n por escrito o multa de 1 hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).\u00a0En tanto, las infracciones graves pueden derivar en de revocaci\u00f3n de la RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA.<\/p>\n<p>Tras la notificaci\u00f3n de esta formulaci\u00f3n de cargos, la Ilustre Municipalidad de Angol, tendr\u00e1 un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC), o bien, de 15 d\u00edas h\u00e1biles para formular sus Descargos ante el ente fiscalizador.<\/p>\n<p>Para mayor detalle, acceder a la formulaci\u00f3n de cargos en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA):<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/2342\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/2342<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La instalaci\u00f3n tiene un manejo deficiente en la disposici\u00f3n de residuos, evidenci\u00e1ndose la dispersi\u00f3n de \u00e9stos a predios aleda\u00f1os, presencia de vectores, falta de limpieza en superficies del relleno y \u00e1reas adyacentes, manejo deficiente o inexistentes de aguas lluvias, l\u00edquidos lixiviados y biog\u00e1s. Estos hechos son parte de las cinco infracciones detectadas por la Superintendencia en <a href=\"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/superintendencia-del-medio-ambiente-formulo-5-cargos-contra-municipalidad-de-angol\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":21821,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90,107],"tags":[],"class_list":["post-21822","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicados-noticias","category-destacado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21822","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21822"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21822\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":21824,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21822\/revisions\/21824"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/21821"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21822"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21822"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21822"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}