{"id":22334,"date":"2021-03-09T12:49:43","date_gmt":"2021-03-09T15:49:43","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=22334"},"modified":"2021-03-09T12:49:43","modified_gmt":"2021-03-09T15:49:43","slug":"sma-ordeno-medidas-provisionales-pre-procedimentales-a-relleno-sanitario-e-industrial-hidronor-copiulemu","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-ordeno-medidas-provisionales-pre-procedimentales-a-relleno-sanitario-e-industrial-hidronor-copiulemu\/","title":{"rendered":"SMA Orden\u00f3 Medidas Provisionales Pre Procedimentales a &#8220;Relleno Sanitario e Industrial Hidronor Copiulemu&#8221;"},"content":{"rendered":"<p><strong>El incidente reportado por la propia empresa y posteriormente constado en inspecci\u00f3n ambiental en el sector de Chaim\u00e1vida por el equipo regional, se habr\u00eda debido a la rotura de un ducto, que alter\u00f3 la calidad de las aguas, utilizadas para riego, bebida animal y recreaci\u00f3n con contacto directo, generando un riesgo inminente de da\u00f1o al medio ambiente y a la salud de las personas.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Concepci\u00f3n, 09 de marzo de 2021.-<\/strong> La Superintendencia del Medio Ambiente orden\u00f3 Medidas Provisionales de car\u00e1cter Pre Procedimental (MPP) por un plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles, contra <strong>Hidronor Chile S.A.<\/strong>, respecto de la Unidad Fiscalizable <strong>\u201cRelleno Sanitario e Industrial Hidronor Copiulemu&#8221;, <\/strong>tras un derrame de lixiviados ocurrido el pasado 23 de febrero hacia el estero El Rabito, tributario del estero Curapalihue que en su trayecto cambia de nombre a Estero Chaim\u00e1vida.<\/p>\n<p>El incidente -que fue reportado por la propia empresa y posteriormente constada en inspecci\u00f3n ambiental por el equipo regional- se habr\u00eda debido a la rotura de un ducto, que produjo el escurrimiento a trav\u00e9s de canaletas de aguas lluvia del dep\u00f3sito, alterando la calidad de las aguas, utilizadas para riego, bebida animal y recreaci\u00f3n con contacto directo, lo que gener\u00f3 un riesgo inminente de da\u00f1o al medio ambiente y a la salud de las personas.<\/p>\n<p>Seg\u00fan explic\u00f3 el Jefe Regional de la SMA, Juan Pablo Granzow, \u201chemos instruido cuatro medidas que permitir\u00e1n monitorear y analizar toda la informaci\u00f3n y antecedentes que le corresponde presentar al titular tras el incumplimiento a su Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental\u201d.<\/p>\n<p>Granzow se\u00f1al\u00f3 que la primera medida consiste en implementar un <strong>Plan de Monitoreo<\/strong> de variables f\u00edsico-qu\u00edmicas y bacteriol\u00f3gicas que considere ocho puntos de muestreo, en cuatro campa\u00f1as separadas, respecto de agua superficial y sedimentos (estero Chaim\u00e1vida y r\u00edo Andali\u00e9n).<\/p>\n<p>Los par\u00e1metros que deber\u00e1n ser analizados son: PH; conductividad espec\u00edfica (de terreno); amon\u00edaco (NH3); cloruros; cianuros; cromo total; tetracloroeteno, benceno, tolueno, xileno (sustancias org\u00e1nicas); coliformes fecales; coliformes totales; color verdadero; olor y examen de toxicidad.<\/p>\n<p>El plazo de ejecuci\u00f3n para las campa\u00f1as de monitoreo debe ser realizadas al segundo, sexto, d\u00e9cimo y d\u00e9cimo quinto d\u00eda h\u00e1bil, contados desde la notificaci\u00f3n de esta resoluci\u00f3n. En tanto que el medio de verificaci\u00f3n para esta medida establece que los muestreos deber\u00e1n ejecutarse por medio de una Entidad T\u00e9cnica de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (ETFA) autorizada por la Superintendencia. Adem\u00e1s, el titular deber\u00e1 remitir un informe de avance con los resultados de la primera campa\u00f1a al duod\u00e9cimo d\u00eda h\u00e1bil contado desde la notificaci\u00f3n de la presente resoluci\u00f3n, y un reporte final pasados 10 d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s de la cuarta campa\u00f1a de muestreo.<\/p>\n<p>Respecto de la segunda medida, el titular deber\u00e1 implementar un <strong>Plan de Monitoreo <\/strong>de variables f\u00edsico-qu\u00edmicas y bacteriol\u00f3gicas que consideren un punto de muestreo, en nueve campa\u00f1as separadas, respecto de agua cruda (punto de captaci\u00f3n Agua Potable Rural Chaim\u00e1vida).<\/p>\n<p>Los par\u00e1metros medibles ser\u00e1n los mismos que los anteriormente mencionados. En cuanto al plazo, las campa\u00f1as de monitoreo deben ser realizadas cada dos d\u00edas, a partir del segundo d\u00eda h\u00e1bil contado desde la notificaci\u00f3n de la presente resoluci\u00f3n. Y como medio de verificaci\u00f3n, los muestreos tambi\u00e9n deber\u00e1n ejecutarse por medio de una ETFA autorizada por la SMA. Asimismo, el titular debe remitir un informe de avance con los resultados de las tres primeras campa\u00f1as al d\u00e9cimo quinto d\u00eda h\u00e1bil y un reporte final pasados 10 d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s de la \u00faltima campa\u00f1a de muestreo.<\/p>\n<p>La tercera medida tambi\u00e9n dice relaci\u00f3n con la implementaci\u00f3n de un <strong>Plan de Monitoreo<\/strong> de variables f\u00edsico-qu\u00edmicas y bacteriol\u00f3gicas que consideran un punto de muestreo, en nueve campa\u00f1as separadas, respecto de lixiviado crudo (piscina N\u00b01), con los mismos par\u00e1metros medibles.<\/p>\n<p>Las campa\u00f1as de monitoreo deben ser realizadas cada dos d\u00edas, a partir del segundo d\u00eda h\u00e1bil contado desde la notificaci\u00f3n de la presente resoluci\u00f3n. Y como medio de verificaci\u00f3n, el titular deber\u00e1 remitir un Informe de Avance con los resultados de las tres primeras campa\u00f1as al d\u00e9cimo quinto d\u00eda h\u00e1bil contado desde la notificaci\u00f3n de esta resoluci\u00f3n y un Reporte Final pasados 10 d\u00edas h\u00e1biles despu\u00e9s de la \u00faltima campa\u00f1a de muestreo.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo y, sin perjuicio de la informaci\u00f3n que la empresa entrega a trav\u00e9s del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA (SSA), deber\u00e1 presentar un Informe con una Propuesta de Seguimiento que integre toda la informaci\u00f3n que est\u00e1 obligada a reportar relacionada con el <strong>\u201cRelleno Sanitario e Industrial Hidronor Copiulemu\u201d<\/strong> y un Cronograma para su habilitaci\u00f3n, que no podr\u00e1 superar el plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles, desde la notificaci\u00f3n de la MPP.<\/p>\n<p>El sistema debe contemplar mecanismos que permitan su actualizaci\u00f3n, al menos todos los lunes de cada semana, y mecanismos para el env\u00edo de toda informaci\u00f3n disponible a esta Superintendencia, con la misma periodicidad, incluyendo im\u00e1genes y datos con los par\u00e1metros capturados.<\/p>\n<p>Cabe destacar que el <strong>Relleno Sanitario e Industrial<\/strong> est\u00e1 ubicado en el Km. 25, comuna de Florida, provincia de Concepci\u00f3n,\u00a0 Regi\u00f3n del Biob\u00edo y se dedica a gestionar, tratar, inertizar y disponer en sus instalaciones, tanto residuos s\u00f3lidos domiciliarios (RSD), como residuos industriales s\u00f3lidos no peligrosos (RESNOPEL), residuos industriales peligrosos (RESPEL) que sean susceptibles de ser inertizados para luego ser dispuestos junto a los RESNOPEL, y a recepcionar y tratar residuos industriales l\u00edquidos de generadores externos.<\/p>\n<p>En sus instalaciones, cuenta con cuatro etapas del Relleno Sanitario habilitadas, dos de ellas cerradas (Etapa 1 y 2), y dos en operaci\u00f3n (Etapas 3 y 4), as\u00ed como cuatro etapas destinadas a Dep\u00f3sito de Seguridad para RESNOPEL, dos de ellas cerradas, una en operaci\u00f3n y otra disponible. El RS recibe residuos s\u00f3lidos domiciliarios y urbanos procedentes de las comunas de Hualp\u00e9n, Talcahuano, Florida, Lota y Cabrero.<\/p>\n<p>Para mayor detalle, acceder a la formulaci\u00f3n de cargos en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA):<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/MedidaProvisional\/Ficha\/260\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/MedidaProvisional\/Ficha\/260<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El incidente reportado por la propia empresa y posteriormente constado en inspecci\u00f3n ambiental en el sector de Chaim\u00e1vida por el equipo regional, se habr\u00eda debido a la rotura de un ducto, que alter\u00f3 la calidad de las aguas, utilizadas para riego, bebida animal y recreaci\u00f3n con contacto directo, generando un riesgo inminente de da\u00f1o al medio <a href=\"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-ordeno-medidas-provisionales-pre-procedimentales-a-relleno-sanitario-e-industrial-hidronor-copiulemu\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":22332,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90,107],"tags":[],"class_list":["post-22334","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicados-noticias","category-destacado"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22334","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22334"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22334\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":22335,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22334\/revisions\/22335"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/22332"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22334"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22334"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22334"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}