{"id":25376,"date":"2022-10-05T12:58:41","date_gmt":"2022-10-05T15:58:41","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=25376"},"modified":"2022-11-03T10:20:34","modified_gmt":"2022-11-03T13:20:34","slug":"sma-formula-cargos-a-empresa-salmones-aysen-s-a","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-formula-cargos-a-empresa-salmones-aysen-s-a\/","title":{"rendered":"SMA formula cargos a empresa Salmones Ays\u00e9n S.A."},"content":{"rendered":"<p><strong>Luego de la fuga masiva de peces ocurrida en septiembre de 2019, contingencia que fue alertada tard\u00edamente por la empresa en la plataforma del<\/strong><strong> Sistema de Seguimiento Ambiental (SAA) de la SMA. A ra\u00edz de este hecho y producto<\/strong><strong> de la investigaci\u00f3n de la SMA se evidenci\u00f3 una deficiente operaci\u00f3n del Centro de Engorda de Salmones (CES) Canal Huito, en particular en el mantenimiento de las condiciones de seguridad de los m\u00f3dulos de cultivo del CES.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Puerto Montt, 05 de octubre de 2022.-<\/strong>\u00a0La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha formulado cargos en contra de la empresa Salmones Ays\u00e9n S.A., titular proyecto denominado \u201cAmpliaci\u00f3n de Producci\u00f3n, Centro de Engorda de Salmones, Canal Huito, Sector 1, Comuna de Calbuco, X Regi\u00f3n, Pert N\u00ba 211104044\u201d, ubicado en la Regi\u00f3n de Los Lagos, provincia de Llanquihue, comuna de Calbuco, por incumplimientos a las condiciones, normas y medidas establecidas en su permiso ambiental.<\/p>\n<p>Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana presentada en septiembre del 2020 en la Direcci\u00f3n Regional de Los Lagos del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), organismo que present\u00f3 esta informaci\u00f3n ante la SMA, que se\u00f1ala que el titular del CES \u201cCanal Huito\u201d, no mantuvo las condiciones m\u00ednimas de seguridad acorde a las condiciones oceanogr\u00e1ficas del \u00e1rea concesionada, establecidas en su RCA N\u00b0770\/2012 y en el D.S. N\u00b0320\/2001, que aprueba el \u201cReglamento Ambiental para la Acuicultura\u201d (RAMA), en la etapa de operaci\u00f3n de su centro de cultivo, provocando como consecuencia el escape de m\u00e1s de 26.531 de la especie \u201csalm\u00f3n del pacifico\u201d o \u201ccoho\u201d, el d\u00eda 30 de septiembre de 2019, seg\u00fan la informaci\u00f3n proporcionada por la empresa.<\/p>\n<p>A ra\u00edz de esta denuncia, la SMA solicit\u00f3 en octubre de 2019 un requerimiento de informaci\u00f3n a la compa\u00f1\u00eda para que proporcionara mayores antecedentes asociados al escape de peces reportado, estado de avance en la implementaci\u00f3n de las medidas asociadas a su plan de acci\u00f3n y registro fotogr\u00e1fico de las artes de cultivo afectadas, entre otros. A lo anterior, el Informe de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (IFA) detall\u00f3 que se realiz\u00f3 una mala instalaci\u00f3n de un tensor en la jaula 104 del m\u00f3dulo 100, lo que propici\u00f3 el desgaste prematuro del material que compone la malla pecera, exponi\u00e9ndola a un funcionamiento anormal.<\/p>\n<p>Tras un an\u00e1lisis exhaustivo tanto de los antecedentes entregados por la compa\u00f1\u00eda como los levantados por la SMA, el organismo estim\u00f3 iniciar un procedimiento sancionatorio contra la empresa Salmones Ays\u00e9n S.A. con la formulaci\u00f3n de dos cargos. La primera infracci\u00f3n se sustenta porque la empresa no mantuvo en el centro de cultivo \u201cCanal Huito\u201d las condiciones m\u00ednimas de seguridad establecidas en su RCA, en la etapa de operaci\u00f3n, de acuerdo con las condiciones oceanogr\u00e1ficas del \u00e1rea concesionada, cuya consecuencia fue el escape masivo de ejemplares desde el Centro.<\/p>\n<p>Lo anterior se expresa en que la memoria de c\u00e1lculo de fondeo de m\u00f3dulo 100 del a\u00f1o 2017, no cuenta con antecedentes fehacientes de corrientes oceanogr\u00e1ficas imperantes del sector de emplazamiento, lo cual es parte de las bases para el dise\u00f1o y adecuada instalaci\u00f3n del m\u00f3dulo; el titular no realiz\u00f3 las respectivas verificaciones semestrales y anuales de los m\u00f3dulos de cultivo, sus elementos conformantes y el sistema de fondeo completo; en relaci\u00f3n a las redes (artes de cultivo), no se realizaron las revisiones diarias comprometidas en la evaluaci\u00f3n ambiental para evitar el escape de peces de la jaula 104; y se realiz\u00f3 la instalaci\u00f3n deficiente de un tensor que aument\u00f3 el desgaste del material que compon\u00eda la malla pecera y que no fue detectada oportunamente.<\/p>\n<p>En cuanto a la segunda infracci\u00f3n, esta se sustenta a la implementaci\u00f3n tard\u00eda del plan de acci\u00f3n ante contingencias de escape de peces.<\/p>\n<p>Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra explic\u00f3 que en este caso \u201cel instructor del caso levant\u00f3 cargos graves considerando que, a ra\u00edz de la fuga masiva de salmones de esta especie, la cual es ex\u00f3tica invasora, se habr\u00eda generado un da\u00f1o ambiental en el ecosistema\u201d, indic\u00f3 la autoridad.<\/p>\n<p>La primera de las infracciones fue clasificada como grav\u00edsima, por lo que el titular arriesga la revocaci\u00f3n de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). Mientras que la segunda infracci\u00f3n fue clasificada como grave por lo que la empresa podr\u00eda ser objeto de Revocaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA), Clausura o Multa de hasta 5 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA).<\/p>\n<p>Tras la notificaci\u00f3n de esta formulaci\u00f3n de cargos, Salmones Ays\u00e9n S.A. tendr\u00e1 un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 d\u00edas h\u00e1biles para formular sus Descargos respectivos.<\/p>\n<p>Para mayor detalle, acceder a la formulaci\u00f3n de cargos en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA):\u00a0 <a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3038\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3038<\/a><\/p>\n<p>________________________________________________________________________________<\/p>\n<p><strong>Formulaci\u00f3n de cargos:<\/strong> Marca el inicio de un procedimiento sancionatorio en la SMA. Tras la formulaci\u00f3n, el infractor cuenta con dos v\u00edas: presentar descargos o su defensa en 10 d\u00edas h\u00e1biles, tras lo cual contin\u00faa el proceso hasta una eventual sanci\u00f3n o absoluci\u00f3n. La segunda posibilidad es presentar un Programa de Cumplimiento (PdC), que es un plan de acciones y metas que buscan que la empresa corrija sus infracciones y se ponga al d\u00eda con la normativa ambiental aplicable. Si la empresa cumple su PdC, termina el sancionatorio sin multa. Si lo incumple, se reinicia el sancionatorio, arriesgando el infractor hasta el doble de la multa original.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Luego de la fuga masiva de peces ocurrida en septiembre de 2019, contingencia que fue alertada tard\u00edamente por la empresa en la plataforma del Sistema de Seguimiento Ambiental (SAA) de la SMA. 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