{"id":32931,"date":"2024-08-30T09:54:18","date_gmt":"2024-08-30T13:54:18","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=32931"},"modified":"2024-08-30T09:56:57","modified_gmt":"2024-08-30T13:56:57","slug":"sma-formula-cargos-contra-titulares-del-plantel-porcino-san-jose-de-apalta-por-incumplimientos-a-su-permiso-ambiental","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-formula-cargos-contra-titulares-del-plantel-porcino-san-jose-de-apalta-por-incumplimientos-a-su-permiso-ambiental\/","title":{"rendered":"SMA formula cargos contra titulares del plantel porcino San Jos\u00e9 de Apalta por incumplimientos a su permiso ambiental"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><em>Dos de las infracciones fueron clasificadas como graves, mientras que el tercer cargo fue clasificado como grav\u00edsimo, por lo que, de acuerdo a la Ley Org\u00e1nica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el titular arriesga una multa de hasta 20 mil UTA, equivalentes a m\u00e1s de $15 mil millones. <\/em><\/li>\n<li><em>El proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Rengo, Regi\u00f3n de O\u2019Higgins.<\/em><\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>30 de agosto de 2024, Regi\u00f3n de O\u2019Higgins.<\/strong> La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inici\u00f3 un procedimiento sancionatorio con la formulaci\u00f3n de tres cargos contra la Sociedad Agr\u00edcola San Ram\u00f3n Ltda. y Sociedad Agr\u00edcola San Jos\u00e9 de Apalta Ltda., en relaci\u00f3n al\u00a0 proyecto \u201cPlantel de Cerdos San Jos\u00e9 de Apalta\u201d. Este proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Rengo, Regi\u00f3n de O\u2019Higgins.<\/p>\n<p>Este caso tiene relacionadas dos denuncias ciudadanas ingresadas en 2023, las que est\u00e1n asociadas al manejo de purines por parte del titular. Como parte de las denuncias, se indican deficiencias en el tratamiento de los purines que son utilizados en riego, indicando que estos son utilizados directamente, sin previo tratamiento, lo que generar\u00eda saturaciones y acumulaciones de desecho de color negro afectando a los predios colindantes por el olor que genera.<\/p>\n<p>Previo al ingreso de estas denuncias, fiscalizadores de la Superintendencia realizaron inspecciones en terreno junto a funcionarios del Servicio Agr\u00edcola y Ganadero (SAG) y de la Seremi de Salud de la Regi\u00f3n de O\u2019Higgins. Adicionalmente, este a\u00f1o, la SMA hizo un requerimiento de informaci\u00f3n a la empresa para solicitar el env\u00edo de diversos antecedentes, relacionados a las obras y procesos del sistema de tratamiento de purines y al cumplimiento del programa de monitoreo contenido en su RCA N\u00b047\/2015.<\/p>\n<p>En este marco, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, se\u00f1al\u00f3 que \u201cla afectaci\u00f3n por olores es un tema especialmente sensible en esta regi\u00f3n que cuenta con una gran cantidad de planteles de este tipo instalados en distintas zonas, los que son fiscalizados por la SMA. Por esta raz\u00f3n, los titulares de estos proyectos deben comprender que el cumplimiento, tanto de lo estipulado de sus permisos ambientales como en las normativas aplicables, son un requisito para que puedan operar\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl cumplimiento ambiental es una obligaci\u00f3n y parte de las reglas del juego\u201d, enfatiz\u00f3.<\/p>\n<p><strong>Cargos formulados<\/strong><\/p>\n<p>A partir de las actividades de fiscalizaci\u00f3n realizadas, la Superintendencia detect\u00f3 tres incumplimientos por parte del titular, uno de ellos por una operaci\u00f3n deficiente del sistema de tratamiento de purines, el que fue clasificado como grave. Esto ya que, en una de las inspecciones realizadas, se evidenci\u00f3 un levantamiento en la geomembrana de impermeabilizaci\u00f3n producto de una rotura en una de las lagunas de acumulaci\u00f3n, la que, al mismo tiempo, se encuentra en su capacidad m\u00e1xima generando un riesgo de infiltraci\u00f3n de purines.<\/p>\n<p>Dentro de esto mismo, se identific\u00f3 que el titular no construy\u00f3 la laguna N\u00b03 de acumulaci\u00f3n tal como estaba establecido en su Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental. Esta laguna ten\u00eda como objetivo funcionar como contingencia para la acumulaci\u00f3n de purines, en caso de existir problemas en las otras dos lagunas construidas.<\/p>\n<p>La segunda infracci\u00f3n, clasificada como grav\u00edsima, tiene relaci\u00f3n con el incumplimiento al Programa de Monitoreo que se encuentra contenido en su RCA. Seg\u00fan pudo constatar la SMA, el titular no realiz\u00f3 los monitoreos de los purines en el sistema entre los a\u00f1os 2021 a 2024; no ejecut\u00f3 los monitoreos en el canal de regad\u00edo de Apalta entre 2021 y 2024; no ejecut\u00f3 los monitoreos de agua de pozo entre septiembre de 2022 a junio de 2024; no ejecut\u00f3 los monitoreos de guano entre 2020 y 2024; no ejecut\u00f3 los monitoreos de suelo utilizado para riego entre 2020 y 2024; no ejecut\u00f3 el retiro de lodos de las lagunas cada cuatro a\u00f1os; y ha ejecutado riego sin llevar un registro de caudal del efluente tratado.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, la tercera infracci\u00f3n -clasificada como grave- se sustenta en que se identificaron deficiencias en la implementaci\u00f3n de los mecanismos de control de olor, al constatarse que el sistema de cortinas de los pabellones se encontraba deteriorado; las canaletas que conducen los purines no ten\u00edan cobertura; la cubierta del pozo de homogenizaci\u00f3n se encontraba en mal estado; y el filtro de carb\u00f3n activado no estaba instalado en el pozo de homogenizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>De acuerdo a la Ley Org\u00e1nica de la SMA, por las infracciones graves un titular se expone a una multa de hasta 5.000 UTA, junto con la revocaci\u00f3n de la RCA o clausura, mientras que por las infracciones grav\u00edsimas la multa asciende hasta 10.000 UTA. En este caso la empresa, arriesga una multa de hasta 20 mil UTA, equivalentes a m\u00e1s de $15 mil millones.<\/p>\n<p>Tras la notificaci\u00f3n de esta formulaci\u00f3n de cargos, la empresa cuenta con un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 d\u00edas h\u00e1biles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>M\u00e1s informaci\u00f3n en el\u202fSistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA):\u202f <a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3794\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3794<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dos de las infracciones fueron clasificadas como graves, mientras que el tercer cargo fue clasificado como grav\u00edsimo, por lo que, de acuerdo a la Ley Org\u00e1nica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el titular arriesga una multa de hasta 20 mil UTA, equivalentes a m\u00e1s de $15 mil millones. El proyecto se encuentra ubicado en la <a href=\"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-formula-cargos-contra-titulares-del-plantel-porcino-san-jose-de-apalta-por-incumplimientos-a-su-permiso-ambiental\/\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":18,"featured_media":32932,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90,107,225,233],"tags":[],"class_list":["post-32931","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-comunicados-noticias","category-destacado","category-macrozona-centro","category-ohiggins"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32931","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/18"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32931"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32931\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":32933,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/32931\/revisions\/32933"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/32932"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32931"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=32931"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=32931"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}