{"id":33606,"date":"2024-11-07T16:25:02","date_gmt":"2024-11-07T19:25:02","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=33606"},"modified":"2024-11-07T16:25:02","modified_gmt":"2024-11-07T19:25:02","slug":"sma-formula-cargos-contra-titular-de-proyecto-de-extraccion-de-aridos-cantera-fundo-palco-chuponal-en-la-region-del-biobio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-formula-cargos-contra-titular-de-proyecto-de-extraccion-de-aridos-cantera-fundo-palco-chuponal-en-la-region-del-biobio\/","title":{"rendered":"SMA formula cargos contra titular de proyecto de extracci\u00f3n de \u00e1ridos cantera Fundo Palco Chuponal en la Regi\u00f3n del Biob\u00edo"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>A partir de una denuncia, la SMA pudo constatar que el titular del proyecto ha realizado extracci\u00f3n de \u00e1ridos de forma distinta a lo autorizado en su permiso ambiental, entre otros incumplimientos.<\/strong><\/li>\n<li><strong>La empresa arriesga una multa de hasta 27 mil unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a m\u00e1s de $21 mil millones a valor actual.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inici\u00f3 un procedimiento sancionatorio, con la formulaci\u00f3n de seis cargos, contra la empresa de Transportes Juan Enoc Leiva Sanhueza EIRL, titular del proyecto \u201cAumento de extracci\u00f3n de \u00e1ridos, cantera Fundo Palco Chuponal\u201d, evaluado ambientalmente por medio de la RCA N\u00b0126\/2019, y que se encuentra localizado en la comuna de Coronel, Regi\u00f3n del Biob\u00edo. Lo anterior, luego de constatar que el titular del proyecto ha realizado extracci\u00f3n de \u00e1ridos de forma distinta a lo autorizado en su Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA).<\/p>\n<p>Este proyecto contempla un aumento de la extracci\u00f3n de \u00e1ridos desde una cantera existente ubicada al interior del fundo Palco Chuponal, previ\u00e9ndose un aumento del volumen de extracci\u00f3n de 75.000 m3 (actual) a un volumen de extracci\u00f3n total de 189.414 m3 (proyectado) en una vida \u00fatil estimada de 6 a\u00f1os, aumentando tambi\u00e9n la superficie a afectar de 2,1 a 4,1 hect\u00e1reas.<\/p>\n<p>Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana vinculada a una sobreexplotaci\u00f3n de la cantera, sin contar con plan de manejo forestal para bosque ex\u00f3tico y bosque nativo. La denuncia tambi\u00e9n informa sobre la existencia de poluci\u00f3n y riesgo de accidentes por ingreso y salida no regulado de camiones a la ruta de la madera (Ruta CH-156).<\/p>\n<p>Frente a lo anterior, la SMA llev\u00f3 a cabo fiscalizaciones tanto con la Direcci\u00f3n de Vialidad como con Sernageomin de la regi\u00f3n, adem\u00e1s de realizar dos ex\u00e1menes de informaci\u00f3n para revisar y analizar los antecedentes del proyecto aportados por la empresa. Junto con lo anterior, este a\u00f1o la SMA recibi\u00f3 respuesta de CONAF respecto de la presentaci\u00f3n de los planes de manejo forestal por parte del titular.<\/p>\n<p>Con todos estos antecedentes presentados, la Superintendencia inici\u00f3 un procedimiento sancionatorio a trav\u00e9s de la formulaci\u00f3n de seis cargos contra la titular del proyecto: un cargo fue clasificado como grav\u00edsimo, tres graves y dos leves.<\/p>\n<p>El cargo clasificado como grav\u00edsimo se sustenta en que la empresa no ha reportado ning\u00fan informe de seguimiento ambiental a lo largo de toda la vida del proyecto. En relaci\u00f3n a los cargos graves, estos se sustentan en que la empresa ha realizado extracci\u00f3n de material de forma distinta a lo autorizado y debido a que el proyecto no cuenta con canalizaciones de aguas lluvias, colectores, desarenador ni descarga de aguas lluvias, adem\u00e1s de no haber implementado un plan de reconstituci\u00f3n vegetal ni de reconstituci\u00f3n con citronela mucronata.<\/p>\n<p>En cuanto a las infracciones clasificadas como leves, estas se sustentan en que el acopio de material p\u00e9treo se realiza en zonas distintas a las indicadas en la evaluaci\u00f3n ambiental, sin demarcaci\u00f3n, y de forma contigua al Estero Sin Nombre; y, porque el proyecto no cuenta con sistema de lavado de neum\u00e1ticos y carrocer\u00edas.<\/p>\n<p>Al respecto, el jefe de la Oficina Regional SMA del Biob\u00edo, <strong>Juan Pablo Granzow<\/strong>\u00a0explic\u00f3 que\u00a0<em>\u201ctras el an\u00e1lisis realizado por la SMA, se puede evidenciar que existen antecedentes suficientes para el inicio de este procedimiento sancionatorio, luego de constatar que, en la ejecuci\u00f3n de este proyecto, el titular no ha dado cumplimiento a las exigencias establecidas en su permiso ambiental, las que dan las directrices para la ejecuci\u00f3n de este\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Cabe recordar que, respecto a las infracciones leves, la empresa podr\u00e1 ser objeto de amonestaci\u00f3n por escrito o multa de una hasta 1.000 UTA. En relaci\u00f3n con los cargos graves, el titular del proyecto arriesga desde la revocaci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). Y con relaci\u00f3n a las infracciones graves, los titulares se exponen a multas de hasta 10.000 UTA, junto con la revocaci\u00f3n de la RCA o clausura.<\/p>\n<p>En raz\u00f3n de lo anterior, tras el inicio del procedimiento sancionatorio el titular del proyecto arriesga una multa equivalente a m\u00e1s de $21 mil millones (valor actual de la UTA).<\/p>\n<p>El titular tendr\u00e1 el titular 10 d\u00edas h\u00e1biles para presentar un Programa de Cumplimiento, y 15 d\u00edas h\u00e1biles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde su notificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s detalles de la formulaci\u00f3n de cargos, ingresar al\u00a0<strong>Sistema de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA)<\/strong>, a trav\u00e9s del siguiente link:\u00a0<a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3886\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3886<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de una denuncia, la SMA pudo constatar que el titular del proyecto ha realizado extracci\u00f3n de \u00e1ridos de forma distinta a lo autorizado en su permiso ambiental, entre otros incumplimientos. La empresa arriesga una multa de hasta 27 mil unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a m\u00e1s de $21 mil millones a valor actual. 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