{"id":34092,"date":"2025-01-30T12:48:51","date_gmt":"2025-01-30T15:48:51","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=34092"},"modified":"2025-01-30T14:16:25","modified_gmt":"2025-01-30T17:16:25","slug":"sma-ordena-la-clausura-total-y-definitiva-a-proyecto-minero-candelaria-ojos-del-salado-por-socavon-en-tierra-amarilla","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/sma-ordena-la-clausura-total-y-definitiva-a-proyecto-minero-candelaria-ojos-del-salado-por-socavon-en-tierra-amarilla\/","title":{"rendered":"SMA ordena la clausura total y definitiva a proyecto minero Alcaparrosa de Ojos del Salado por socav\u00f3n en Tierra Amarilla"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>En el marco de su investigaci\u00f3n, la Superintendencia del Medio Ambiente confirm\u00f3 los cuatro cargos que fueron formulados contra la minera el a\u00f1o 2022, luego de la generaci\u00f3n de un socav\u00f3n de m\u00e1s de 60 metros de profundidad en la comuna de Tierra Amarilla, Regi\u00f3n de Atacama.<\/strong><\/li>\n<li><strong>La sanci\u00f3n consiste en la clausura total y definitiva del proyecto, adem\u00e1s del pago de una multa total de 4.160 UTA, equivalentes a m\u00e1s de $3.360 millones. <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) culmin\u00f3 su investigaci\u00f3n contra el proyecto Mina Alcaparrosa de la empresa minera Compa\u00f1\u00eda Contractual Ojos del Salado, por su proyecto de continuidad operacional Mina Alcaparrosa, que, en 2022 en el marco de sus operaciones, provoc\u00f3 la generaci\u00f3n de un socav\u00f3n de m\u00e1s de 60 metros de profundidad a 900 metros de la zona urbana de la comuna de Tierra Amarilla, Regi\u00f3n de Atacama. Por este hecho, la SMA inici\u00f3 un procedimiento sancionatorio con la formulaci\u00f3n de cuatro cargos por diversos incumplimientos cometidos por el titular.<\/p>\n<p>En ese contexto, la Superintendencia resolvi\u00f3 confirmar las cuatro imputaciones hechas a la minera y orden\u00f3 la clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas en la Mina Alcaparrosa, adem\u00e1s de la aplicaci\u00f3n de una multa total de m\u00e1s de 4.160 UTA, equivalentes a m\u00e1s de $3.360 millones.<\/p>\n<p>La Superintendenta <strong>Marie Claude Plumer<\/strong> explic\u00f3 que <em>\u201c<\/em><em>el titular intervino sectores no autorizados, hasta las proximidades del acu\u00edfero del r\u00edo Copiap\u00f3, generando una condici\u00f3n de mayor infiltraci\u00f3n de aguas y el consiguiente debilitamiento del macizo rocoso. Esto determin\u00f3, a su vez, la generaci\u00f3n de un socav\u00f3n de un di\u00e1metro de 49 metros, y una profundidad de 60 metros<\/em><em>\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>\u201cEs importante tener en cuenta que las intervenciones realizadas por la empresa provocaron un da\u00f1o ambiental irreparable sobre un acu\u00edfero que ha sido catalogado como escaso y restringido\u201d<\/em>, dijo la Superintendenta. Adem\u00e1s, agreg\u00f3 que <em>\u201clos titulares de proyectos son conscientes de las condiciones que est\u00e1n establecidas en sus permisos ambientales para poder operar. Ac\u00e1, las reglas son claras y deben ser cumplidas\u201d. <\/em><\/p>\n<p>Cabe mencionar que el proyecto -calificado ambientalmente favorable mediante la RCA n\u00b0158\/2017- consist\u00eda en la extensi\u00f3n de la vida \u00fatil de las operaciones de mina Alcaparrosa, dando continuidad al yacimiento hasta el a\u00f1o 2022 mediante la explotaci\u00f3n de nuevas reservas de mineral, con una tasa de extracci\u00f3n promedio anual de 4.300 toneladas por d\u00eda, sin modificar o incorporar nuevas obras o actividades.<\/p>\n<p>Posteriormente, se autoriz\u00f3 a trav\u00e9s de la RCA N\u00b0163\/2021 una nueva extensi\u00f3n de vida \u00fatil del proyecto, prolongando sus operaciones y actividades hasta el a\u00f1o 2025. Bajo esta nueva autorizaci\u00f3n, se realizar\u00eda la explotaci\u00f3n de nuevas reservas de mineral.<\/p>\n<p><strong>Antecedentes del caso <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>El 31 de julio de 2022, la SMA recibi\u00f3 un informe de contingencias derivado por la empresa, donde se\u00f1al\u00f3 que el 30 de julio se habr\u00eda percibido ruido y polvo desde el bosque de la unidad, constat\u00e1ndose en el lugar la existencia de un socav\u00f3n. En el reporte se indic\u00f3 que este manten\u00eda un di\u00e1metro de 33 metros y una profundidad aproximada de 64 metros y que, por otra parte, se hab\u00eda aplicado el procedimiento de emergencia.<\/li>\n<li>Posteriormente, el 1 de agosto de 2022, la empresa ingres\u00f3 un nuevo reporte indicando que las causas del socav\u00f3n se encontraban en investigaci\u00f3n y que se habr\u00eda detectado un afloramiento de agua en la mina Alcaparrosa, en espec\u00edfico en el sector Gaby. El 5 de agosto la empresa ingres\u00f3 un reporte adicional.<\/li>\n<li>Con fecha 24 de agosto, la SMA recibi\u00f3 una denuncia de parte de la Municipalidad de Tierra Amarilla.<\/li>\n<li>En julio, agosto y septiembre de 2022, fiscalizadores de la SMA realizaron actividades de inspecci\u00f3n ambiental en terreno y examen de informaci\u00f3n al proyecto (la actividad de julio se realiz\u00f3 de forma previa al socav\u00f3n).<\/li>\n<li>En agosto de 2022, la SMA orden\u00f3 medidas urgentes y transitorias al titular por un plazo de 30 d\u00edas, consistentes en la realizaci\u00f3n de estudios, monitoreos y an\u00e1lisis.<\/li>\n<li>El 30 de septiembre de 2022, la SMA inici\u00f3 un procedimiento sancionatorio, con la formulaci\u00f3n de cuatro cargos, contra la empresa minera Ojos del Salado.<\/li>\n<li>En noviembre de 2022, la SMA orden\u00f3 medidas provisionales por un plazo de 30 d\u00edas, consistentes en la elaboraci\u00f3n de muestreos y an\u00e1lisis hidrogeoqu\u00edmicos de compuestos principales. La medida fue renovada en diciembre de 2022, y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023, incorporando medidas asociadas al control de infiltraciones, control de flujo pasante desde el acu\u00edfero, as\u00ed como la prohibici\u00f3n de extracci\u00f3n de aguas alojadas al interior de la mina.<\/li>\n<li>En noviembre de 2023, la SMA orden\u00f3 nuevas medidas urgentes y transitorias por un plazo de 20 d\u00edas corridos, consistentes en la ejecuci\u00f3n de una campa\u00f1a geof\u00edsica en la mina Alcaparrosa.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>Procedimiento sancionatorio<\/strong><\/p>\n<p>En septiembre de 2022, la SMA formul\u00f3 cuatro cargos contra el titular, los cuales fueron confirmados en el marco de la investigaci\u00f3n. El primero de ellos fue clasificado como grave, por la sobre extracci\u00f3n de mineral en la Mina Alcaparrosa, lo cual se constata en el incumplimiento de la tasa de extracci\u00f3n durante 2019 (tras haber extra\u00eddo 4.600 toneladas por d\u00eda, superando el valor permitido de 4.300 toneladas por d\u00eda).<\/p>\n<p>El segundo cargo, clasificado como grav\u00edsimo, tiene relaci\u00f3n con la modificaci\u00f3n de la infraestructura minera autorizada, generando un da\u00f1o ambiental irreparable en el acu\u00edfero del R\u00edo Copiap\u00f3. Esto, por la modificaci\u00f3n del sistema de drenaje subterr\u00e1neo de la Mina Alcaparrosa -destinado a manejar el caudal de aguas afloradas en las galer\u00edas- incorporando piscinas subterr\u00e1neas en tres niveles; y, por otra parte, por la ejecuci\u00f3n de infraestructura minera hasta el nivel 350 en el sector Gaby, en un sector no autorizado cercano al nivel fre\u00e1tico del acu\u00edfero del R\u00edo Copiap\u00f3.<\/p>\n<p>El tercer y cuarto cargo -ambos clasificados como leves- dicen relaci\u00f3n con un incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral y por haber modificado el destino de recepci\u00f3n del mineral ambientalmente evaluado, proveniente desde la mina.<\/p>\n<p><strong>Sanci\u00f3n <\/strong><\/p>\n<p>Por el primer cargo, se aplic\u00f3 la sanci\u00f3n consistente en una multa de 4.139 UTA; por el segundo cargo se aplic\u00f3 la sanci\u00f3n de clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas por la empresa en mina Alcaparrosa; por el tercer cargo se aplic\u00f3 una sanci\u00f3n consistente en una multa equivalente a 14 UTA; mientras que por el cuarto cargo se aplic\u00f3 una multa equivalente a 9,4 UTA.<\/p>\n<p>Tal como lo establece la Ley Org\u00e1nica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el monto de la multa ser\u00e1 a beneficio fiscal y deber\u00e1 ser pagado en la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica, dentro del plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles desde la notificaci\u00f3n. Con todo, el titular podr\u00e1 presentar un recurso de reposici\u00f3n en un plazo de 5 d\u00edas h\u00e1biles o un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambientales dentro del plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles.<\/p>\n<p>Para m\u00e1s informaci\u00f3n ingresa al expediente del caso publicado en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental (SNIFA): <a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3035\">https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/Sancionatorio\/Ficha\/3035<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el marco de su investigaci\u00f3n, la Superintendencia del Medio Ambiente confirm\u00f3 los cuatro cargos que fueron formulados contra la minera el a\u00f1o 2022, luego de la generaci\u00f3n de un socav\u00f3n de m\u00e1s de 60 metros de profundidad en la comuna de Tierra Amarilla, Regi\u00f3n de Atacama. 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