{"id":35314,"date":"2025-04-14T13:27:45","date_gmt":"2025-04-14T17:27:45","guid":{"rendered":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/?p=35314"},"modified":"2025-04-14T13:38:53","modified_gmt":"2025-04-14T17:38:53","slug":"los-lagos-sma-ordena-medidas-provisionales-contra-comercializadora-aqua-austral-y-le-obliga-a-suspender-infiltracion-de-residuos-industriales-liquidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portal.sma.gob.cl\/index.php\/los-lagos-sma-ordena-medidas-provisionales-contra-comercializadora-aqua-austral-y-le-obliga-a-suspender-infiltracion-de-residuos-industriales-liquidos\/","title":{"rendered":"Los Lagos: SMA ordena medidas provisionales contra Comercializadora Aqua Austral y le obliga a suspender infiltraci\u00f3n de residuos industriales l\u00edquidos"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li><strong>Tras las actividades de fiscalizaci\u00f3n, la SMA constat\u00f3 que el sistema de tratamiento para los residuos industriales l\u00edquidos generados por la comercializadora, podr\u00edan afectar a las aguas subterr\u00e1neas y operar\u00edan sin una Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental. <\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<p>La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) orden\u00f3 medidas provisionales pre-procedimentales en contra de la empresa Comercializadora Aqua Austral Ltda., titular del proyecto \u201cPesquera Aqua Austral\u201d, ubicada en la comuna de Puerto Montt, Regi\u00f3n de Los Lagos.<\/p>\n<p>El proyecto, que opera desde el 2015, consiste en una planta de procesamiento de merluza y salm\u00f3n, generando subproductos en formato de filete, que considera un sistema de tratamiento f\u00edsico-biol\u00f3gico para los residuos industriales l\u00edquidos (RILes) generados por su actividad.<\/p>\n<p>Las medidas tienen como origen denuncias ciudadanas asociadas con emanaci\u00f3n de olores molestos y contaminaci\u00f3n del entorno por vertimiento de residuos l\u00edquidos. El proyecto se ubica en un sector rural, pr\u00f3ximo a viviendas, una posta de salud y una escuela de educaci\u00f3n b\u00e1sica, que estar\u00edan siendo directamente afectadas por los olores molestos.<\/p>\n<p>Frente a esta situaci\u00f3n, en febrero de este a\u00f1o, la SMA realiz\u00f3 un requerimiento de informaci\u00f3n al titular, adem\u00e1s de una inspecci\u00f3n ambiental en terreno, donde se constat\u00f3 la presencia de olores molestos asociados al acopio de restos de peces en descomposici\u00f3n, tanto en tolvas, como en el \u00e1rea de almacenamiento en bins. Adem\u00e1s, se observ\u00f3 un ducto que conduce residuos l\u00edquidos, los cuales escurren hacia un sector aleda\u00f1o, formando un pantano que estar\u00eda generando malos olores, en torno al cual hay presencia de vegetaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Sumado a esto, se corrobor\u00f3 la infiltraci\u00f3n de RILes, generando una potencial contaminaci\u00f3n a aguas subterr\u00e1neas en el sector Trap\u00e9n, cuya napa alimenta un sistema de agua potable rural. Lo anterior, implicar\u00eda que el proyecto no cumplir\u00eda con lo establecido en la Norma de Emisi\u00f3n de Residuos L\u00edquidos a Aguas Subterr\u00e1neas (D.S. N\u00b046), considerando que no se ha determinado la vulnerabilidad del acu\u00edfero por parte de la Direcci\u00f3n General de Aguas (DGA), ni se ha dictado la Resoluci\u00f3n de Programa de Monitoreo (RPM) por parte de la SMA, si as\u00ed correspondiera.<\/p>\n<p>Cabe destacar que la planta se encuentra dentro de la cuenca hidrogr\u00e1fica del r\u00edo Maull\u00edn, por lo que todos los cuerpos de agua confluyen finalmente en ese cauce. Este r\u00edo posee una alta relevancia ambiental, ya que alberga bosques pantanosos, considerados como uno de los h\u00e1bitats naturales m\u00e1s amenazados del pa\u00eds y donde habitan especies vulnerables como el flamenco chileno y el huill\u00edn.<\/p>\n<p>Por otra parte, tras el an\u00e1lisis de la SMA se puede indicar que no existe constancia de que el sistema de tratamiento de Riles de la empresa, haya ingresado al Sistema de Evaluaci\u00f3n de Impacto Ambiental (SEIA) para la obtenci\u00f3n de la Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental (RCA) correspondiente.<\/p>\n<p>La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explic\u00f3 que <em>\u201clas medidas fueron dictadas tras constatar que el sistema de tratamiento de residuos l\u00edquidos operado por el titular estar\u00eda generando una posible contaminaci\u00f3n de las aguas subterr\u00e1neas que alimentan un sistema de agua potable rural, adem\u00e1s de la emanaci\u00f3n de olores molestos. Con estas acciones, buscamos controlar el riesgo para la salud y medioambiente que actualmente representa la operaci\u00f3n del proyecto\u201d. <\/em><\/p>\n<p>Debido a los antecedentes antes se\u00f1alados, la Superintendencia orden\u00f3 a la empresa adoptar, en un plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles, las siguientes medidas provisionales pre-procedimentales:<\/p>\n<p><strong>Sobre el riego asociado a la generaci\u00f3n de residuos industriales l\u00edquidos (RILes):<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Suspender la descarga de RILes hacia pozos de infiltraci\u00f3n y sitio aleda\u00f1o a la planta.<\/li>\n<li>Retirar o sellar la totalidad de ductos o elementos que permitan continuar con la descarga.<\/li>\n<li>Extraer todos los RILes generados por la operaci\u00f3n de la planta de proceso, debiendo trasladarlos y disponerlos en lugar autorizado.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Las tres medidas se\u00f1aladas deber\u00e1n ejecutarse durante un plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles, contados desde la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<\/p>\n<ul>\n<li>Acreditar el inicio de las gestiones ante la Direcci\u00f3n General de Aguas, a objeto que dicho servicio determine la vulnerabilidad del acu\u00edfero, y con ello, definir si el proyecto puede infiltrar sus residuos industriales l\u00edquidos, dentro del plazo de10 d\u00edas h\u00e1biles contados desde la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<\/li>\n<li>Extraer los RILes vertidos en sitio aleda\u00f1o a la planta y disponerlo en sitio autorizado, debiendo informar la cantidad extra\u00edda (en metros c\u00fabicos), dentro del plazo de 15 d\u00edas h\u00e1biles contados desde la notificaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Respecto al manejo de residuos org\u00e1nicos y gesti\u00f3n de olores:<\/strong><\/li>\n<li>Se debe presentar un informe t\u00e9cnico de mejora de gesti\u00f3n de residuos s\u00f3lidos org\u00e1nicos, dentro de un plazo de 10 d\u00edas h\u00e1biles contados desde la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Junto con lo anterior, la SMA requiri\u00f3 informaci\u00f3n al titular, para que en un plazo de 5 d\u00edas h\u00e1biles contados desde el vencimiento de las medidas haga entrega de un informe que d\u00e9 cuenta de la correcta implementaci\u00f3n de la totalidad de las medidas ordenadas. Adem\u00e1s, la empresa deber\u00e1 entregar reportes quincenales del estado de avance de la tramitaci\u00f3n de la vulnerabilidad del acu\u00edfero ante la Direcci\u00f3n General de Aguas, a contar del vencimiento del plazo de las medidas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>M\u00e1s informaci\u00f3n en el Sistema Nacional de Informaci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Ambiental\u00a0<a href=\"https:\/\/snifa.sma.gob.cl\/MedidaProvisional\/Ficha\/510\"><strong>(SNIFA<\/strong><\/a><strong>).<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras las actividades de fiscalizaci\u00f3n, la SMA constat\u00f3 que el sistema de tratamiento para los residuos industriales l\u00edquidos generados por la comercializadora, podr\u00edan afectar a las aguas subterr\u00e1neas y operar\u00edan sin una Resoluci\u00f3n de Calificaci\u00f3n Ambiental. 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