¿Cómo realizar una denuncia ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)?

Un denuncia es el acto por el cual se pone en conocimiento a la Superintendencia de una eventual irregularidad o incumplimiento normativo, a fin de que ésta investigue y tome las medidas que correspondan, de conformidad con la ley. La SMA es un servicio público que tiene competencias fiscalizadoras y sancionatorias, respecto de los instrumentos de carácter ambiental que establece la ley, como por ejemplo:

  • Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).
  • Planes de Prevención y/o Descontaminación (PPDA).
  • Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión (Riles, ruidos, etc).
  • Ley Impuesto Verde, entre otros que la ley establezca.
  • Elusión al Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA).
Requisitos:
Artículo 47 de la Ley Orgánica de la SMA
  • Deben ser formuladas por escrito, señalando lugar y fecha de presentación.
  • Individualización completa del denunciante, quien deberá suscribirla personalmente o por medio de un representante.
  • Deberá contener una descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de infracción a la normativa ambiental, precisando lugar y fecha de su comisión y, de ser posible, identificando al presunto infractor.
  • Completar el formulario web, cuyo acceso se encuentra al final de esta página y para lo cual se requiere contar con Clave Única.
  • Optar por recibir las notificaciones a través de correo electrónico o mediante carta certificada. En este último caso, es esencial indicar correctamente su domicilio en el formulario web.

Antes de ingresar su denuncia al final de esta página, revise la siguiente información para confirmar si los hechos a denunciar son de competencia de otros organismos.

La SMA no es competente para todo tipo de ruido

¿Qué tipos de ruidos son competencia de la SMA?

  • Actividades Productivas
    Industrias, depósitos, talleres, actividades forestales, ganaderas, mineras, etc.
  • Actividades comerciales
    Locales de compra y venta de insumos y servicios.
  • De esparcimiento
    Instalaciones destinadas a la recreación, deporte, ocio, cultura, etc.
  • Servicios
    Salud, educación, seguridad, comunitario, servicios religiosos, etc.
  • Faenas constructivas y elementos de infraestructura
    Terminales, estructuras como subestaciones eléctricas o de telecomunicaciones, etc.

¿Qué tipos de ruidos no son competencia de la SMA?

  • Tráfico vehicular, ferroviario y marítimo.
  • El tránsito aéreo.
  • La actividad propia del uso de las viviendas: voces, circulación al interior, reuniones, mascotas, electrodomésticos, arreglos y reparaciones domésticas.
  • Circulación vehicular peatonal, eventos, actos, manifestaciones, propaganda, ferias, comercio ambulante o similares.
  • Sistemas de alarma y emergencia.
  • Voladuras y/o tronaduras.

Denuncias de competencia de otros organismos

Existen instituciones encargadas para los siguientes tipos de denuncia.

Ruidos de fiestas de vecinos

Este tipo de actividades, en el contexto de pandemia por Covid-19, pueden denunciarse ante Carabineros y la Seremi de Salud de cada región. Más detalles, ingrese a MINSAL.

Ruidos y/o malos olores que dejan las ferias libres.

Este tipo de actividades no están reguladas por instrumentos de gestión de competencia de la SMA. La denuncia debe realizarse ante la municipalidad respectiva.

Olores de mascotas/ tenencia irresponsable de animales domésticos

Este tipo de denuncias debe realizarse ante la Municipalidad respectiva, o bien, ante la Policía de Investigaciones.

Basura/escombros en hogares

La presencia de basura domiciliaria, escombros y otros dentro de patios de hogares, puede denunciarse ante la municipalidad y la Seremi de Salud respectiva.

Microbasurales

Estas denuncias deben derivarse al municipio del lugar donde se encuentra la basura. Si se trata de microbasurales con presencia de roedores u otros, debe realizarse ante la Seremi de Salud.

Ruidos de vehículos/humos visibles desde tubos de escape

Este tipo de actividades puede denunciarse a Carabineros de Chile, los Inspectores Fiscales y Municipales. Más detalles, ingrese a MTT.

Talleres de vehículos/muebles de los cuales emanan olores/residuos

Este tipo de actividades, si tienen impacto en la salud de la población, deben denunciarse ante la Seremi de Salud respectiva.

Polvo en suspensión por construcción de viviendas/edificios

Si proyecto no cuenta con RCA, el polvo en suspensión debe denunciarse en las respectivas Municipalidades y si tienen impacto en la salud de la población, en la Seremi de Salud respectiva.

Tala de árboles en lugares urbanos

En el caso de especies que se encuentran en parques urbanos, veredas y otros, su corte y reposición lo ven directamente los departamentos de aseo y ornato de las municipalidades respectivas.

Quemas

Si se presencia la quema de residuos agrícolas o forestales, esto debe denunciarse a CONAF y/o SAG. Si se trata de quema de basura en lugares urbanos, esto debe denunciarse a la Seremi de Salud.

Bolsas plásticas en el comercio

La ley establece que la fiscalización dependerá de los municipios y las sanciones serán aplicadas por el juzgado de policía local correspondiente. Más información en Ministerio del Medio Ambiente.

Tala de árboles nativos

Si el corte de árboles afecta a un bosque nativo, esta debe dirigirse a CONAF o al SAG, según corresponda.

Si necesita realizar consultas, reclamos, sugerencias y felicitaciones a la SMA, ingrese aquí
Para ingresar una nueva denuncia o realizar seguimiento de denuncias anteriores, acceda aquí con su Clave Única.
Si tienes dudas antes de ingresar una denuncia, llamanos al 2 2617 1860.
Si usted no puede ingresar su denuncia a través del Portal Ciudadano de Denuncias, puede imprimir el siguiente formulario, completarlo con lápiz azul, firmarlo y entregarlo físicamente en una de las oficinas regionales de la SMA. En el contexto actual de la pandemia por Covid-19, también puede enviarlo a nuestra Oficina de Partes, al correo electrónico oficinadepartes@sma.gob.cl