• El titular del proyecto “Crecimiento del Tranque de Relaves Confluencia”, ubicado en el sector de Alto Mañihuales, pagó 1.131 millones de pesos por incumplimientos a la normativa ambiental.
Santiago, 24 de julio de 2018. La Sociedad Contractual Mineral El Toqui, titular del proyecto “Crecimiento del Tranque de Relaves Confluencia” (RCA N°331/2004), informó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que pagó el total de la multa aplicada por la institución frente a incumplimientos ambientales, a través de una resolución sancionatoria fechada el 29 de junio de 2018.
Con esto, la compañía aceptó los cargos formulados y las sanciones impuestas por la SMA ante incumplimientos comprobados a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°331/2004.
La sanción impuesta nace de un proceso de fiscalización y sanción donde finalmente se logró acreditar 3 cargos por diversos incumplimientos. Entre las infracciones imputadas se consideró que la empresa no ejecutó el procedimiento de aplicación de cal hidratada sobre la superficie del Tranque de Relaves Confluencia y que tenía como objetivo el evitar el arrastre por el viento de polvo de relave hacia los terrenos aledaños.
Una segunda infracción consistió en descargar residuos industriales líquidos en un lugar no autorizado. Las autorizaciones ambientales (RCAs) que se aplican a esta faena minera le permiten la descarga de residuos líquidos en condiciones controladas y monitoreadas periódicamente en sólo 2 puntos específicos. No obstante, en fiscalizaciones realizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero se pudo constatar la descarga de riles fuera de dichos puntos. Estos antecedentes fueron remitidos por el SAG a la Superintendencia del Medio Ambiente e incorporados al expediente de fiscalización que dio origen al posterior proceso sancionatorio.
La tercera infracción sancionada, calificada como gravísima por la SMA, consistió en operar el Tranque de Relaves Confluencia por sobre los límites establecidos en la RCA que aprobó el proyecto original. En particular la empresa excedió el tonelaje de almacenamiento lo que significó un aumento de la altura de dicho tranque en un 50% por sobre lo autorizado, y extendió su vida útil en más de tres años.
Adicionalmente, la SMA requirió a la empresa someter al Sistema de Evaluación Ambiental las modificaciones constatadas de manera de permitir a los servicios competentes evaluar los eventuales impactos y los monitoreos que fuese necesario implementar, de manera de reducir el riesgo ambiental en el sector donde se ubica esta faena minera.
Más información del proceso en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1330