760x 07-11-2014 SMA formula cargos contra salmonera

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) junto al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) y la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (Directemar) fiscalizaron centros de cultivo en La Región de los Lagos.

Santiago, 07 de noviembre de 2014. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos contra Salmones Pacific Star S.A., debido a una serie de incumplimientos ambientales y sanitarios en los centros de cultivo Huildad y San Pedro C, ubicados en la región de Los Lagos.

En el marco del programa de trabajo de la Red Nacional de Fiscalización (RENFA), liderada por la SMA y en colaboración con el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) y la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (Directemar), se constataron en terreno diversos incumplimientos, entre ellos:

1) No realizar el retiro diario de las mortalidades de cada unidad de cultivo.
2) No disponer adecuadamente de las mortalidades, y no someterlas a ensilaje (sistema químico para tratar las mortalidades).
3) No aplicar planes de contingencia ante mortalidad masiva y/o falla de sistema de ensilaje.
4) Vertir residuos y desechos orgánicos en descomposición dentro del centro de cultivo y en zonas aledañas a este.
5) Planta de tratamiento de aguas inoperante.
6) Vertimiento de desechos sólidos y líquidos al medioambiente.
Cabe recordar, que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

Para mayores detalles, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).


 

Programa de Cumplimiento: Es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular cumpla sus obligaciones ambientales. Si la SMA aprueba dicho programa, se pone fin al procedimiento sancionatorio. No obstante, si el titular no cumple con los compromisos establecidos en dicho programa, arriesga hasta el doble de la multa original.