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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) detectó distintos incumplimientos ambientales del proyecto ubicado en la comuna de San Felipe, Región de Valparaíso.

Santiago, 8 de junio de 2015. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos en contra de Conservera Pentzke S.A., titular del proyecto “Planta depuradora de Aguas de Conservera Pentzke”, ubicado en la comuna de San Felipe, Región de Valparaíso, tras detectar una serie de incumplimientos ambientales.

Conservera Pentzke se dedica a la elaboración y envasado de frutos en conservas, pulpa de frutas, verduras y hortaliza. El proyecto con RCA “Planta Depuradora” (N°401/2007) tiene por objeto tratar los residuos provenientes del proceso productivo para luego disponerlos de forma segura.

La fiscalización al proyecto se realizó entre los años 2013, 2014 y 2015 mediante inspecciones sectoriales realizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, encomendada por la Superintendencia del Medio Ambiente. Cabe recordar que la Seremi de Salud forma parte de la Red Nacional de Fiscalización Ambiental (RENFA).

Entre las infracciones imputadas a Conservera Pentzke se encuentra el incumplimiento de las medidas de prevención y control de emergencias de la planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (RILes), que derivaron en la generación de olores molestos hacia la comunidad; acopio de residuos sólidos en zonas no autorizadas; superación del límite nocturno de ruido; y elusión del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en relación a modificaciones del proceso productivo.

Cabe recordar que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá un plazo de 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento* o 15 días para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

Para mayores detalles, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA)


 

[*] Programa de Cumplimiento: Es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular cumpla sus obligaciones ambientales. Si la SMA aprueba dicho programa, y este se ejecuta satisfactoriamente se pone fin al procedimiento sancionatorio. No obstante, si el titular no cumple con los compromisos establecidos en dicho programa, arriesga hasta el doble de la multa original.