Titulares deberán entregar nuevos antecedentes respecto de sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), según el requerimiento e instrucción publicado hoy en el Diario Oficial.
SANTIAGO, 6 de enero. Con el objetivo de corroborar y actualizar los antecedentes que posee a la fecha, hoy la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó en el Diario Oficial un requerimiento de información a titulares de más de 13.500 proyectos que cuentan con Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). Permiso que establece las condiciones de funcionamiento de una obra o actividad.
Este requerimiento es obligatorio, y consiste en una adecuación a la Resolución Exenta N°574 lanzada en octubre del año 2012. Con esta modificación se busca mejorar la información que tiene la SMA acerca de los proyectos con RCA, y además, alinearse con el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que el pasado 24 de diciembre entró en vigencia.
La actualización no sólo considera la información solicitada hace poco más de un año, como el RUT del titular, domicilio, teléfono y correo electrónico –esencial para la comunicación de la SMA con sus regulados-, sino que también exige informar: la vía de ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental (mediante DIA o EIA); la o las regiones y comunas donde se emplaza el proyecto o actividad; respuestas a solicitudes de pertinencia solicitadas al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA); y modificaciones que haya sufrido la RCA en el tiempo, entre otros.
“Esta información es crucial para la SMA, pues nos permite planificar de mejor forma el trabajo del año. No es lo mismo planificar una inspección para una obra en construcción y llegar a terreno y encontrar que está en operación. Las variables ambientales a analizar son distintas, según el estado de avance del proyecto. Por eso, hemos decidido actualizar este requerimiento a titulares, y además adecuarnos al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los recursos del Estado son siempre limitados y necesitamos esta información para hacer el trabajo de la mejor forma posible”, dijo el Superintendente, Juan Carlos Monckeberg.
La autoridad añadió que “la declaración de la gestión, acto o faena mínimo, nos permitirá a futuro solicitar la caducidad de las RCA que no se hayan ejecutado, y de esta forma ir eliminando del registro de RCA, aquellos proyectos que no se van a ejecutar y, de esta manera, sincerar la verdadera línea de base ambiental del país”.
Forma de actualización y plazos
Los titulares, a través de un formulario electrónico disponible en el sitio web de la institución, deberán actualizar la información requerida, siguiendo los pasos que la plataforma online indica.
Todas las RCA aprobadas antes del 28 de febrero de 2014, tienen 15 días hábiles para realizar la actualización, es decir, hasta el día 21 de marzo de 2014.
Mientras que las RCA que se aprueben en forma posterior al 28 de febrero de 2014, tienen 15 días hábiles para ingresar la información a la SMA, desde que reciben la notificación de su aprobación ambiental.
En el caso de aquellas empresas que no corroboren su información, la Superintendencia tendrá por vigentes los datos que tiene en sus bases de información, sin perjuicio de poder iniciar un procedimiento sancionatorio por incumplir este requerimiento. Debemos recordar que por ley, incumplir un requerimiento de información de la SMA es considerado una falta grave, con multas que llegan hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) o, incluso, la revocación de la RCA.
Seguimiento ambiental
Adicionalmente, se ha realizado una modificación en el Sistema RCA que permite a los titulares que tienen más de una RCA, editar en forma independiente cada uno de estos permisos, guardando los cambios en cada sesión. Esta modificación permitirá a los titulares seguir reportando al Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA, sin la necesidad de actualizar todas sus RCA, sino sólo aquellas para las cuales deba reportar algún informe de seguimiento. Es importante recalcar que esta nueva funcionalidad no modifica lo establecido en la Resolución Exenta N° 1.518 en lo que respecta a los plazos de entrega y envío de la información actualizada de todas las RCA de cada titular a la Superintendencia.
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*MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA RESOLUCIÓN EXENTA: Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la R.E N° 574 de 2012