Tras fiscalizar denuncias ciudadanas, se verificó una superación de 26 decibeles de la norma de ruido, por lo que se ordenaron medidas como la prohibición de funcionamiento de los aparatos de reproducción de música y amplificación.

Viña del Mar, 13 de abril de 2023. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó medidas medidas provisionales pre-procedimentales en contra de J.E Inversiones SpA, por el funcionamiento del local “Alcazaba Pub”, ubicado en Cuatro Norte N°131, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, por superar la norma de ruidos en horario nocturno establecida en el D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Tras realizar las fiscalizaciones en los hogares afectados, se obtuvieron registros de hasta 71 decibeles, con una excedencia de 26 —siendo el máximo permisible 45 decibles en horario nocturno— en la zona en que se ubica el pub.

“Los locales nocturnos deben cumplir con la norma ambiental para resguardar la salud de las personas, tanto de los asistentes del local como quienes habitan en su entorno. Los principales efectos de la exposición a contaminación acústica son menor desempeño cognitivo, aumento en la incidencia de enfermedades virales, depresión -entre otros- según la Organización Mundial de la Salud”, dijo Carolina Silva, Jefa de la Oficina Regional de Valparaíso.

Las medidas consisten en la prohibición de la realización de actividades y el funcionamiento de aparatos que hagan uso de los sistemas de reproducción y amplificación (música, altavoces, parlantes, subwoofer, karaoke, animadores, música en vivo, utilización de instrumentos para generar música, televisores, radios, etc).

También el pub deberá elaborar documentación que demuestre la realización de obras que permitan aumentar la aislación acústica de la instalación, y luego ejecutar las mejoras propuestas por el informe señalado.

Cabe destacar que las medidas ordenadas tienen un plazo de 15 días hábiles, a contar de la fecha de notificación. En caso de que la empresa no de cumplimiento a ellas, la SMA puede solicitar autorización al Tribunal Ambiental respectivo para la detención total de funcionamiento del local nocturno, según consta en la Ley Orgánica de la Superintendencia.