La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) luego de decretar medidas provisionales de medición de olores el pasado 11 de febrero de 2015, decidió formular cargos contra el centro de tratamiento ubicado en la región del Maule.
Santiago, 06 de marzo de 2015. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos contra el relleno sanitario Eco Maule S.A., debido a una serie de incumplimientos ambientales en el Centro de Tratamiento Eco Maule, ubicado en el sector de Camarico, comuna de Río Claro, Región del Maule.
Cabe recordar que debido a las denuncias de vecinos, el pasado 11 de febrero la SMA decretó una medida provisional de medición de olores a la empresa.
Respecto de Eco Maule, la SMA ha recibido múltiples denuncias de los vecinos del sector de Camarico, todas ellas asociadas a la emanación de olores molestos. La empresa fue objeto de fiscalizaciones ambientales tanto en el año 2013, 2014 y 2015, por funcionarios de la SMA, Seremi de Salud del Maule y de CONAF, en las que se constataron en terreno múltiples incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), entre los que se encuentran:
1. Acumulación de lodos sanitarios, sin tratamiento adecuado en piscinas no autorizadas por RCA, desde el año 2013 al 2015.
2. Acumulación de residuos líquidos entre las pilas de compostaje.
3. Incumplimientos a su Plan de Manejo Forestal.
4. Acumulación de residuos sólidos dentro del Centro de Tratamiento.
5. Omisión del registro de camiones que ingresan al área de pesaje, sin constatar el contenido y origen la carga ingresada.
6. Falta de implementación de proceso de acondicionamiento de lodos sanitarios con materiales que reduzcan su humedad.
7. Acumulación de material compostado al ingreso de las instalaciones.
Cabe recordar, que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento*, o cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.
Para mayores detalles, acceder a la formulación de cargos en SNIFA
* Programa de Cumplimiento: Es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular cumpla sus obligaciones ambientales. Si la SMA aprueba dicho programa, se pone fin al procedimiento sancionatorio. No obstante, si el titular no cumple con los compromisos establecidos en dicho programa, arriesga hasta el doble de la multa original.