El relleno sólo podrá recibir residuos domiciliarios en un área definida como segura. En esta zona, como en el resto del recinto que seguirá paralizado, se contará con nuevas y exigentes medidas de monitoreo.
Santiago, 9 de febrero de 2016. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó la Resolución Exenta N°1/2016 donde se formulan cargos al titular Consorcio Santa Marta S.A., operador del relleno sanitario Santa Marta, ubicado en la comuna de Talagante.
Luego de varias fiscalizaciones en terreno y el análisis de distintos reportes entregados por el titular tras el derrumbe e incendio que afectó a la instalación a mediados de enero, la SMA formuló 12 cargos, uno de ellos gravísimo, 8 graves y 3 leves por incumplimientos a las medidas establecidas en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). En este procedimiento sancionatorio existe un cargo gravísimo, que dice relación con no reportar total o parcialmente informes de seguimiento ambiental para parámetros de líquidos percolados y aguas superficiales, entre otros. Entre los cargos graves figura el ingreso no autorizado de 52.511 toneladas de lodos durante el año 2014 y de 57.418 toneladas de lodos durante el año 2015, entre otros incumplimientos.
Cabe señalar que la Ley Orgánica de la SMA establece que las infracciones gravísimas podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental, clausura, o multa de hasta 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA); mientras que las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la Resolución de Calificación Ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA; y las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de hasta 1.000 UTA. En tanto, el titular dispondrá de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento ante la SMA o bien, 15 días hábiles para formular sus descargos y continuar el proceso sancionatorio.
Clausura parcial
En la misma resolución, la Fiscal Instructora del caso solicita al Superintendente dictar la medida de clausura parcial del recinto, con el objetivo de evitar un daño al medio ambiente y la salud de las personas.
Por esta razón, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz, solicitó al Tribunal Ambiental de Santiago, autorizar la medida de clausura parcial del relleno sanitario Santa Marta. Cabe recordar que tras el incendio que afectó al recinto el 18 de enero de 2016, la SMA dictó una medida provisional de clausura total, aprobada por el mismo Tribunal, hasta que no se contara con un estudio que permitiera corroborar la estabilidad de la instalación.
Luego de analizados los antecedentes del caso por parte de profesionales de la División de Fiscalización de la SMA y expertos independientes, se solicita al Tribunal Ambiental la autorización para reabrir un área específica del recinto, que tiene una superficie inferior al 10% del relleno sanitario. Esta zona ha sido definida como segura desde el punto de vista de estabilidad y del control ambiental y sólo podrá recibir residuos domiciliarios, con un máximo de 810.000 m3 al día. Se prohíbe totalmente en esta área la disposición final de lodos.
La reapertura parcial del recinto además incluye nuevas exigencias de monitoreo y reportes diarios y semanales a la empresa sobre aspectos como los tonelajes diarios dispuestos, las medidas de impermeabilización de la nueva zona de recepción de residuos, entre otros.
Cabe destacar que, de autorizarse por el Tribunal Ambiental la solicitud de la SMA, la zona donde se produjo el deslizamiento de basura permanecerá clausurada, salvo para la realización de las acciones del plan de recuperación del sistema de recolección de lixiviados y biogás, debiendo informar semanalmente a la SMA el progreso de las tareas de recuperación.
Todo el expediente del caso está disponible en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).