Las empresas, obligadas a medir emisiones mediante CEMS, deben entregar una propuesta de conexión en tres meses y tenerla operativa en seis meses.

Santiago, 25 de noviembre 2019. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó en el Diario Oficial, el día 23 de noviembre de 2019, la “Instrucción general para la conexión en línea de los Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones (CEMS por su sigla en inglés)”. Las empresas tendrán un plazo máximo de 3 meses para presentar en la SMA una propuesta de conexión en línea. Cada una de ellas debe considerar que ésta debe estar operativa en un plazo no superior a 6 meses.

Según la normativa vigente, existen una serie de fuentes emisoras, como lo son las Termoeléctricas, Fundiciones, Cementeras —entre otras—, que tienen la obligación de instalar un sistema de monitoreo continuo de emisiones – CEMS, según lo que indica la Norma de Emisión, los Planes de Descontaminación o su Resolución de Calificación Ambiental. Estos datos, se reportan en forma anual, mensual o con otra periodicidad.

La ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, señaló que “la publicación de esta instrucción es un paso importante en el cuidado de nuestro medio ambiente al potenciar el rol fiscalizador de la Superintendencia, uno de los pilares de nuestra institucionalidad ambiental. Ahora las empresas con la obligación de reportar sus emisiones deberán informarlo en línea, permitiendo hacer más ágil y eficiente el trabajo de esta institución”.

Con la presente instrucción, se busca que la SMA pueda contar con la entrega de datos en línea, pudiendo contar con ellos en tiempo real. Así, se podrá realizar un análisis más expedito, preciso y acabado de los reportes que deben entregar las empresas posteriormente.

Además, la conexión en línea, permitirá contar con la información necesaria y oportuna para la adopción de medidas o el ejercicio de competencias legales que correspondan, así como también tener antecedentes suficientes que puedan explicar situaciones de contingencia o emergencia que se vayan suscitando.

Más información en: http://snifa.sma.gob.cl/v2/Resolucion/Instruccion


  • Rol de la SMA: en el contexto de la institucionalidad ambiental actual en Chile, la Superintendencia del Medio Ambiente cumple un rol fiscalizador y de sanción sobre los instrumentos de gestión ambiental vigentes en el país (Ley 19.300): Resoluciones de Calificación (RCA), Normas de Emisión, Normas de Calidad y Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental, entre otros.