Se detectaron 5 infracciones ambientales al proyecto “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas”, población Pedro Nolasco y Raiandoba, siendo una gravísima, dos graves y dos leves, por lo que arriesga una multa de hasta $15.700 millones.

Talca, 15 de septiembre de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), inició un procedimiento sancionatorio en contra de la Municipalidad de Maule, titular de la “Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, población Pedro Nolasco y Raiandoba”, ubicado en Sector Quiñipeumo S/N de dicha comuna ubicada en la Región del Maule. Esto se debe a incumplimientos a su Resolución de Calificación Ambiental (RCA N° 120/2021).

Este proyecto consiste en la construcción de un sistema de tratamiento de aguas servidas, en base al sistema denominado Biofiltro Dinámico Aeróbico o Lombrifiltro, y en la instalación de los sistemas de elevación y un sistema de desinfección por rayos ultravioleta. El efluente tratado es dispuesto superficialmente en el cauce del canal El Huáscar, cuyas aguas son utilizadas para riego.

“Este proyecto se fiscalizó en 2015 y se realizaron nuevas gestiones en 2022, que dan cuenta de la mantención de los incumplimientos, los cuales generan impactos en la comunidad por los olores que las personas perciben”, cuenta Mariela Valenzuela, Jefa Regional del Maule.

En este caso se formulan 5 cargos, uno de ellos gravísimo, dos graves y dos leves, por lo cual, arriesga hasta una multa de 22.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a $15.700 millones. El Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, explica que “los cargos levantados por el instructor del procedimiento revelan un mal funcionamiento de la planta, por lo que la Municipalidad deberá regularizar la situación del proyecto en el menor tiempo posible para así detener los problemas operativos”.

La infracción calificada como gravísima corresponde a que la Municipalidad no ha presentado antecedentes para la calificación como fuente emisora ni ha obtenido la Resolución de Programa de Monitoreo de la descarga de sus aguas tratadas. Los incumplimientos calificados como graves consisten en que el sistema de desinfección para eliminación de coliformes fecales y otros organismos patógenos no se encuentra operativo y la falta de respuesta a un requerimiento de información realizado por esta Superintendencia, mediante Resolución Exenta N°216/2022.

Conforme con lo dispuesto la Ley Orgánica de la SMA, la Municipalidad tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento, y de 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación de la formulación de cargos.

Para más información del caso, visitar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3018