Se trata de los proyectos “Hacienda Guay Guay” y “Mirador Pie Andino” los cuales, por encontrarse en un Área de Preservación Ecológica de la Región Metropolitana, deberían someterse a evaluación ambiental obligatoria. 

Santiago, 06 de octubre de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), tras una investigación exhaustiva, inició un procedimiento de requerimiento de ingreso a evaluación ambiental en contra del proyecto “Hacienda Guay Guay”, del titular Inmobiliaria e Inversiones Chicureo SpA, y contra “Mirador Pie Andino”, de titularidad de MDPR SpA e Inmobiliaria y Constructora Patagonland SpA. En ambos casos aplicarían las letras h) y p) de la Ley de Bases del Medio Ambiente N°19.300, debido a que se tratan de desarrollos inmobiliarios que pueden potencialmente afectar a un Área de Preservación Ecológica (APE) de la Región Metropolitana.

Estos casos fueron denunciados a la SMA por la Municipalidad de Colina, a la cual se suma la entrega de antecedentes realizada por Patricio Herman de Defendamos la Ciudad y el ambientalista Gonzalo Prieto. En febrero de 2020 la Superintendencia solicitó a la Contraloría General de la República (CGR) un pronunciamiento para definir si las APE, pueden ser consideradas “áreas colocadas bajo protección oficial” para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y en específico, para el análisis del artículo 10, letra p) de la Ley N°19.300. La CGR se pronunció en septiembre de 2020, señalando que las APE sí se consideran áreas de protección, cuando se encuentran creadas en Instrumentos de Planificación Territorial en forma previa a la modificación de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, mediante Decreto N°10 de 2009, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, puesto que, hasta esa fecha, la autoridad planificadora sí se encontraba habilitada para definir este tipo de áreas.

En estos dos casos, el APE posiblemente afectada por los proyectos “Hacienda Guay Guay” y “Mirador Pie Andino”, se encuentra definidas en el Plan Regulador de la Región Metropolitana, aprobado por el Gobierno Regional, mediante Resolución Exenta N°20 de octubre de 1994. Por ello, se haría exigible su evaluación ambiental según el artículo 10 letra p) de la Ley N°19.300.

A eso, se suma que ambos se encuentran en una zona saturada o latente por Material Particulado MP10 , Partículas en Suspensión, O3 y CO2; y Zona Latente por NO2, mediante el Decreto Supremo N°131 de 1996, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y Zona Saturada por MP2,5, mediante el Decreto Supremo N°67, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, configurándose la letra h) del artículo 10 de la misma ley, considerando que el Reglamento del SEIA establece en su subliteral h.1.3) del artículo 3°, que deben evaluarse los proyectos en una superficie igual o superior a 7 hectáreas y/o consultan la construcción de más de 300 viviendas.

“Luego del análisis realizado, vemos que ambos proyectos buscan la venta de parcelas para primera o segunda vivienda, en un área protegida, que corresponde a un APE de la Región Metropolitana, por lo cual se hace necesario iniciar este procedimiento de requerimiento de ingreso a evaluación ambiental obligatoria”, explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.

Hacienda Guay Guay

Este proyecto se encuentra localizado en la comuna de Colina, en el sector de Chicureo, específicamente, en Avenida José Rabat Oriente, provincia de Chacabuco, región Metropolitana, dentro de un Área de Preservación Ecológica, en virtud del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

El titular del proyecto es Inmobiliaria e Inversiones Chicureo SpA y consiste en el loteo del predio denominado “Resto Fundo Guay Guay”, en 1.269 parcelas de 5.000 m2 aproximadamente. Al menos, 846 parcelas estarán disponibles para ser adquiridas por particulares, con al menos una casa por parcela, significando una clara incidencia en el paisaje de la zona.

El Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, explica que esto “implicaría —considerando un promedio de 3 personas por casa—, un total de población de aproximadamente 2.538 personas circulando por el Área de Preservación Ecológica. También es muy probable el uso de vehículos motorizados, lo cual afecta fuertemente los flujos de fauna. Lo anterior también implica riesgos asociados a las actividades humanas para la flora, difíciles de controlar en esa magnitud, como, por ejemplo, los incendios. También, trae aparejadas consecuencias naturales de la construcción de viviendas, como el uso excesivo de agua con fines de riego. En este caso habría una susceptibilidad de impacto ambiental sobre la APE”.

En cuanto a envergadura, “el proyecto implica la presencia, durante la fase de construcción, de maquinaria pesada y, durante la fase de operación, de infraestructura y viviendas, así como de personas y familias actualmente ajenas al sector; la corta de flora, pérdida de hábitat para la fauna del sector; y la intervención del paisaje actualmente libre de edificaciones”, sostiene la autoridad.

En este caso, la empresa ha solicitado una serie de informes de factibilidad de las empresas Aguas Manquehue (Andinas) y Enel Distribución Chile S.A., con el objeto de sujetar a su aprobación la factibilidad de proyectos de suministro, abastecimiento y riego para las parcelas del Proyecto. A la fecha se han recibido tres informes favorables para estos proyectos por parte de las empresas antecedentes. En su web oficial, en que se indica que “las parcelas de Hacienda Guay Guay ofrecen espectaculares vistas panorámicas al Valle de Chicureo y los cerros que la rodean. Además, su ubicación estratégica, próxima al polo urbano de Piedra Roja, permite acceder a centros comerciales, colegios, clínicas, y la variada infraestructura que Chicureo pone a disposición. El sector posee obras viales consolidadas, como Avenida José Rabat, Avenida Sergio Correa, lo que facilita la conexión directa y solo a minutos con las autopistas urbanas de Radial Nororiente, la vía Juan Pablo II (que une a Chicureo con Los Trapenses), y la Ruta 5”.

Proyecto Mirador Pie Andino

También ubicado en la comuna de Colina, esta es la en la parcelación “Fundo Chicureo”, adyacente al barrio residencial de Piedra Roja, entre Vitacura, La Dehesa y Chicureo, provincia de Chacabuco, Región Metropolitana. Al igual que “Guay Guay”, también se emplaza sobre el Área de Preservación Ecológica y de un Sitio Prioritario de Conservación para la Biodiversidad de la región Metropolitana.

Los titulares del proyecto son MDPR SpA y Patagon Land Administración de Activos S.A. consiste en el loteo del “Fundo de Chicureo”, de 179,6 hectáreas, en 154 parcelas, las que serán agrupadas comercialmente para la venta en 126 parcelas, de 5.000 m2 aproximadamente.

El proyecto contempla la ejecución de obras de urbanización, en específico, la realización de obras de pavimentación, de alumbrado, de agua potable y de evacuación de aguas lluvias.

En este caso, la venta de los terrenos del proyecto, en distintos sitios de propiedades, señala que es un “Condominio nuevo con accesos controlados y barreras Safe Card. Urbanización de primer nivel con cableado subterráneo. Calles interiores de hormigón. 10 hectáreas de áreas verdes, circuitos de caminata y bicicleta en quebrada”, a lo que se agrega que tiene “vista privilegiada al valle de Chicureo y Piedra Roja”.

Finalmente, ambas inmobiliarias, en su carácter de titulares del proyecto Mirador Pie Andino y Hacienda Guay Guay tienen un plazo de 15 días hábiles, a contar de la notificación de la resolución, para hacer valer sus observaciones, alegaciones, o pruebas que, en conjunto al pronunciamiento del SEA, serán analizadas en su mérito con el objeto de confirmar o descartar la hipótesis de elusión levantada por la Superintendencia.

Más información de cada caso, ingresar al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):