Tras fiscalizar varias denuncias ciudadanas se registró una fuerte superación de la normativa de ruido asociadas a “La Regata Pub” y “Be Nice Restobar”, ambos ubicados en Algarrobo. Por ello se ordenan medidas provisionales que buscan reducir la contaminación acústica de ambos locales mientras se implementan mejoras de largo plazo.

Valparaíso, 14 de octubre de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) dictó medidas provisionales contra “La Regata Pub” y “Be Nice Restobar”, ambos ubicados en la comuna de Algarrobo, con el objetivo que reduzcan el ruido que generan, sobre todo en horario nocturno, pues se constató una fuerte superación de la normativa —D.S 38/2011— a través de mediciones con sonómetro en hogares afectados.

En el caso de “La Regata Pub”, ubicado en Carlos Alessandri N° 2108, se registró la superación de 17 decibeles respecto a la norma de ruidos en horario nocturno, registrando un total de 62 decibeles versus el límite de 45 decibeles para esa zona de la ciudad.

En “Be Nice Restobar”, ubicado en calle San Guillermo N°168, también en Algarrobo, la superación alcanzó 78 decibeles, superando en 33 los permitidos para esa zona (45 decibeles) en horario nocturno. Este es uno de los casos con la mayor cantidad de decibeles registrada en la historia de esta SMA.

Respecto de ambos casos, se han recibido múltiples denuncias ciudadanas, por lo que se procedió a fiscalizar en los hogares afectados, donde viven niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, quienes manifiestan afectaciones sicológicas e irritabilidad debido a los problemas para dormir con altos decibeles provocados por los pubs.

“En estos casos tenemos varias vecinas y vecinos denunciantes, sobre todo porque los ruidos se producen en la noche, en horarios donde las personas necesitan descansar. En este caso, la normativa se supera bastante, incluso en 33 decibeles en el caso de Be Nice Restobar y 17 decibeles en Regata Pub, lo cual hace crucial el dictar medidas provisionales que comiencen a regir rápidamente, tomando en cuenta la posible afectación a la salud de la población. Es urgente que los establecimientos como en este caso pubs funcionen respetando la normativa vigente, de modo de poder convivir adecuadamente con la comunidad vecina”, explica Carolina Silva, Jefa de la Oficina Regional de Valparaíso.

Las medidas provisionales consisten en prohibir la utilización de aparatos que hagan uso de los sistemas de reproducción y amplificación del local, hasta que no se encuentren implementadas plenamente un total de 3 medidas solicitadas. Esta prohibición incluye sistema de reproducción de música, altavoces, parlantes, subwoofer, sistema de karaoke y animadores.

Entre las medidas que se solicitan, a implementar en un plazo de 15 días hábiles, se encuentran: Instalar, en un lugar cerrado para evitar que sea manipulado, un dispositivo limitador de frecuencias, compresor acústico, o similar, configurado por un profesional en la materia, con el objeto de reducir el conjunto de las emisiones acústicas provenientes de los sistemas de reproducción y de amplificación del local

También se debe elaborar un informe técnico de diagnóstico de problemas acústicos que considere, a lo menos, un levantamiento de las características del sistema de amplificación del local (número de equipos, potencia, distribución y proyección sonora al interior y exterior del local, eficiencia acústica, entre otros), junto con las características, materialidad de las estructuras principales del local. En el mismo informe, y como consecuencia del diagnóstico anterior, deberá indicar sugerencias de acciones y mejoras que se puedan implementar en el local para dar cumplimiento a los niveles de emisión de ruido del D.S. N°38/2011 MMA. Finalmente, todas las mejoras propuestas deben acompañarse de un informe, apoyado por el profesional que lo elaboró.

Estas medidas serán verificadas mediante la presentación de documentos que demuestre la cotización del trabajo, la adquisición de los materiales y la realización de obras que permitan aumentar la aislación acústica de la instalación. En caso de que la realización de las obras requiera más tiempo que lo otorgado, se debe entregar la documentación que justifique el retraso.

La Jefa Regional de Valparaíso sostiene que “en este caso, no se impide el funcionamiento de los locales comercial para su giro habitual, pero sí deben tomar todas las medidas determinadas por la SMA, que apuntan a reducir la contaminación acústica, sobre todo las que se ordenan para la solución del problema a largo plazo. Las medidas que se implementarán deberán medirse con una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) autorizada en el componente aire, subárea ruido”.

Cabe señalar que todas las acciones que implementen “Regata Pub” y “Be Nice Restobar” podrían ser tomadas a la vista en un proceso sancionatorio, donde las medidas implementadas pueden presentarse en línea con un Programa de Cumplimiento. En caso contrario, la empresa se arriesga a multas o posibles clausuras.

*Más detalles de las medidas provisionales en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):

Pub Regata: https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/382

Be Nice Restobar: https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/380