Casi una veintena de denuncias ciudadanas motivaron las fiscalizaciones y dictación de medidas provisionales contra el vertedero municipal, especialmente por las deficiencias sanitarias y ambientales generadas por la operación del recinto, que debió cesar su operación en 2016.

Temuco, 23 de septiembre de 2022. La Superintendencia del Medio Ambiente ha notificado a la Ilustre Municipalidad Cunco, titular de la Unidad Fiscalizable “Cierre Vertedero Cunco”, respecto a la dictación de 9 medidas provisionales pre-procedimentales, las cuales se fundamentan por la deficiente operación del vertedero debido a la falta de cobertura diaria de los residuos, la generación de malos olores, proliferación de vectores, afloramiento y escurrimiento de lixiviados con la consecuente infiltración a las aguas subterráneas y contaminación de aguas superficiales. “Todo lo cual conlleva un riesgo ambiental y un riesgo a la salud de las personas, dada la presencia de viviendas en las proximidades del vertedero, que pudieren hacer uso de dichas aguas”, explica Luis Muñoz, jefe regional de la SMA en la Araucanía.

En este caso, se presentaron 18 denuncias de la ciudadanía, tras lo cual se activaron fiscalizaciones al vertedero. La mayoría de los reclamos vecinales explican que el vertedero debió cesar en el año 2016, en donde se debió ejecutar su cierre definitivo; su ubicación es próxima a la ciudad de Cunco (distante a sólo 1 kilómetro del Hospital Cunco y de una escuela); además, el sector en donde se emplaza el vertedero, corresponde a un sector rural ubicado a 600 mts del área urbana, con viviendas a menos de 300 metros de distancia del vertedero. Adicionalmente, la ciudadanía reclama que “existen quemas de basuras, emanaciones de humos y olores molestos; presencias de abundantes vectores sanitarios, como jotes, perros, moscas y roedores; fugas de lixiviados hacia el exterior del recinto; contaminación de las aguas superficiales (canal Trapelco distante a unos 600 m del vertedero, afluente de río Allipén) y de napas subterráneas; falta de cierre perimetral y existencia de basuras descubiertas”, explica Muñoz.

Por todo lo anterior, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, explica que se solicitan medidas al municipio “debido a que existe un riesgo para la salud de las personas y el medio ambiente. Especialmente por la gran amplitud del frente de trabajo y la gran cantidad de residuos expuestos, aproximadamente de 1 hectárea, lo cual conlleva la generación de olores molestos, proliferación de vectores sanitarios, aumento en la generación de lixiviados por falta de cobertura y la llegada de basuras a los canales de evacuación de aguas lluvias”.

Las medidas solicitadas por la SMA al vertedero son las siguientes:

1) Retirar todos los residuos dispuestos superficialmente en áreas aledañas al frente de trabajo del vertedero Cunco; en especial, se deberá efectuar el retiro de los residuos en sector Sur y Este del recinto y en los canales de aguas lluvias cercanos al vertedero.

2) Realizar la limpieza de residuos en taludes, realizar reparaciones, recubrir con tierra y reperfilar taludes, en donde corresponda.

3) Habilitar y operar un frente de trabajo reducido, que deberá ser acondicionado a celdas diarias con las características y metodología de trabajo según su permiso ambiental, de manera que pueda efectivamente ser manejado evitando periodos extensos de basura descubierta.

4) Proceder a la cobertura definitiva, compactación y sellado final de las zonas no asociadas al frente de trabajo señalado en el numeral anterior, con una cubierta no menor de una capa de 30 cm de tierra, ello con la finalidad de evitar las emanaciones de malos olores, dispersión de basuras, proliferación de vectores de interés sanitario y la infiltración de aguas lluvias que genere un aumento de lixiviados.

5) Ejecutar la contención inmediata y definitiva de todo escurrimiento de lixiviados hacia el exterior del recinto del vertedero, debiendo contener, extraer y disponer estos lixiviados en un lugar debidamente autorizado conforme las características del líquido.

6) Efectuar el retiro de basuras y habilitación de canales de evacuación de aguas lluvias, asegurando su continuidad en todo el perímetro del vertedero. Se deberán implementar obras que impidan que el escurrimiento de aguas lluvias tomen contacto con los residuos.

7) Habilitar los dos pozos de control y seguimiento ambiental establecidos en su permiso ambiental, para ejecutar el monitoreo de dichos pozos conforme los procedimientos establecidos por la SMA, a través de una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA).

8) Realizar el monitoreo de aguas subterráneas y superficiales conforme el plan de seguimiento establecido en la respectiva RCA N°44/2012, los cuales se iniciarán una vez habilitados los respectivos pozos de monitoreo de aguas subterráneas.

9)Presentar documento actualizado de “Plan de prevención de contingencias y plan de emergencia ambiental para el vertedero Cunco”, de acuerdo a lo señalado en la Resolución Exenta SMA N°1.610, del 20 de diciembre del 2018.

Todas estas acciones deberán ser reportadas por la Municipalidad a la SMA a través de un “reporte de cumplimiento” en un plazo de 12 días hábiles, contados desde el vencimiento de cada medida.

Cabe destacar que incumplimiento de las medidas provisionales dictadas por esta Superintendencia constituye una infracción sancionable por este organismo.

Más información del caso en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/379