La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió la apelación interpuesta por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en contra de la sentencia dictada por el Tercer Tribunal Ambiental que no autorizó la clausura total y definitiva de la “Escombrera Vasco Da Gama”, ejecutada sobre un humedal urbano ubicado en la comuna de Hualpén, Región del Biobío.
Así, la Corte de Apelaciones resolvió revocar la decisión del Tercer Tribunal Ambiental, y aprobar la sanción de clausura total y definitiva impuesta por la SMA.
Cabe recordar que el Tercer Tribunal Ambiental había rechazado la clausura, argumentando que no había infracción ambiental, en tanto el proyecto no podía ser sometido a evaluación ambiental porque, desde el punto de vista sanitario y urbanístico, no está permitido por la ley.
En este contexto, la Corte de Apelaciones sostuvo que la clausura definitiva es una medida destinada a evitar que el daño ambiental continúe o se agrave, especialmente cuando existe una actividad ilegal, y que, en el caso, hay una intervención ilegal con daño evidente al medioambiente, por lo que la medida resulta necesaria y oportuna.
Además, agregó que, entender la disposición de otra forma, importaría aceptar que cualquier actividad ilegal quede al margen de la normativa y que por más grave que sea el daño que está provocando, la autoridad no pueda intervenir.
Finalmente, la Corte señaló que el hecho de que existan otras autoridades con competencias en materias sanitarias o urbanísticas no impide que la SMA ejerza sus atribuciones.


