Por Juan Pablo Rodríguez, jefe Sección de Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas de la División de Fiscalización de la SMA

La fiscalización de la zona de Concón, Quintero y Puchuncaví ha sido una prioridad para la Superintendencia del Medio Ambiente. Esta priorización se ha traducido en una serie de actividades de fiscalización, ejecutadas por la oficina regional, la delegación exclusiva, y también por el nivel central de la División de Fiscalización (DFZ), a través de la sección de Calidad del Aire y Emisiones Atmosféricas.

Respecto a esto último, una de las principales labores de la sección es la elaboración de los informes de cumplimiento de las normas de calidad de aire, que son el mejor indicador del efecto que las distintas políticas y acciones de fiscalización tienen sobre el aire que respira la comunidad.

En este sentido, anualmente, la SMA pone a disposición de la comunidad y del Ministerio del Medio Ambiente, el informe de fiscalización de las normas de calidad del aire, donde, en el caso del territorio de Concón, Quintero, y Puchuncaví, se evalúan 13 estaciones con representatividad poblacional que miden la calidad del aire en la zona, es decir, que son representativas de la exposición de la comunidad a un contaminante en particular. El informe considera normas de calidad del aire primarias, las que tienen como objetivo proteger la salud de las personas, y secundarias, que tienen por objetivo proteger el medio ambiente y la naturaleza.

Sobre las normas primarias de calidad del aire, se incluyen el D.S. 12/2011 Ministerio del Medio Ambiente (MP 2,5); el D.S. 104/2018 Ministerio del Medio Ambiente (SO2); el D.S. 12/2022 Ministerio del Medio Ambiente (MP10); y el D.S. 136/2000 Ministerio Secretaría General de la República (Pb). En relación con las normas secundarias de calidad del aire, se considera el D.S. 22/2009 Ministerio Secretaría General de la República (SO2).

Es importante destacar que, de acuerdo con el diseño normativo, estas normas se evalúan año vencido, es decir, el informe elaborado durante el año 2023 considera los registros de las mediciones disponibles hasta el año 2022. El documento se encuentra disponible en el Sistema Nacional de Información Ambiental (SNIFA), en el siguiente enlace: https://snifa.sma.gob.cl/Fiscalizacion/Ficha/1059171.

En ese informe, la comunidad podrá observar la evolución de la calidad del aire en la zona, donde indirectamente se puede evidenciar el efecto en la implementación de las condiciones y medidas establecidas en las normas de emisión de termoeléctricas y fundiciones, así como las medidas del plan de prevención y descontaminación vigente. En general, se puede mencionar que no se registraron superaciones de las normas de calidad para material particulado fino (MP10) ni fino respirable (MP2,5), así como tampoco para el SO2 (primario y secundario) ni el plomo (Pb), durante el último trienio.

Invitamos a la comunidad a revisar los antecedentes de manera de que cuenten con la información oficial actualizada.