Los tres cargos clasificados como graves se sustentan por un deficiente manejo operacional del recinto, incumplimiento de medidas provisionales pre procedimentales ordenadas por la Superintendencia del Medio Ambiente, no contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y superar su capacidad de operación de más 5 mil habitantes.
Ancud, 24 de mayo de 2021.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), formuló 3 cargos graves a la Ilustre Municipalidad de Ancud, titular del proyecto “Relleno Sanitario Puntra”, ubicado en Ancud, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, debido a una serie de incumplimientos ambientales.
El primer cargo -clasificado como Grave– es por incumplimiento de las Medidas Provisionales Pre-Procedimentales ordenadas en junio de 2020 por la SMA, las que contemplaban no sólo efectuar el retiro de las aguas mezcladas con residuos para disponerlas en lugar autorizado, recirculando los líquidos lixiviados hacia la zanja de residuos, sino también no elaborar un diseño hidráulico del canal perimetral e implementar el canal de forma tardía.
El Superintendente De La Maza indicó que, respecto del segundo cargo, fue clasificado como Grave, por exceder la capacidad de operación del relleno por sobre las 5.000 personas, generando vectores sanitarios y malos olores, además de no contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
Asimismo, sostuvo que la tercera infracción -también Grave-, se imputó por incumplimiento al Requerimiento de Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) aprobado para que éste ingresara en noviembre de 2020.
Con esto, el titular podría ser objeto de clausura o multa de hasta 5 mil UTA por cada una de las infracciones cursadas según la LOSMA (ley orgánica de la SMA). Esto podría implicar el pago de un total aproximado de $9 mil 3000 millones.
Antecedentes
El Relleno Sanitario Puntra -que actualmente se encuentra en etapa de operación- se encuentra aproximadamente a 3 km. desde el vértice más cercano al Santuario de la Naturaleza “Humedales de la Cuenca del Chepu”. En relación con las llamadas áreas bajo protección, es posible señalar que aguas abajo del relleno se encuentran las áreas protegidas de propiedad privada “Los Canelos”, “La Sendera de Chepu” y “Humedales de Chepu”, esto es a 6, 8, y 11 kms. respectivamente.
Desde la perspectiva del uso de los recursos hídricos, el abastecimiento de agua potable rural (“APR”) Chepu, por parte de titular está localizado aproximadamente a 9,7 kms. desde el relleno, bajo la confluencia de los ríos Puntra y Coliuco, localizándose un conjunto de viviendas a tan sólo 700 mts. del lugar.
El titular, que fue investigado por eventual elusión, cuenta con al menos 11 denuncias formales ante esta Institución desde diciembre de 2019 a la fecha, relacionadas con la actividad de la instalación y sus posibles efectos en el medio ambiente.
Sin perjuicio del Decreto de la SEREMI de Salud por Alerta Sanitaria, mediante Resol 1301 del 30 de julio 2020, la SMA aprobó el Cronograma de Ingreso al SEIA que obligaba a la Municipalidad a tener el proyecto listo para ingresar a evaluación en noviembre de 2020. Sin embargo, en febrero de este año, el Servicio de Evaluación Ambiental puso término anticipado a la evaluación ambiental del proyecto. Posteriormente y mediante Resol 357 del 19.02.2021, se solicitó un cronograma de re-ingreso al SEIA, el que mediante Resol 746 del 31.03.2021, fue finalmente rechazado por la SMA.
Por último, la Municipalidad de Ancud tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación del presente acto administrativo.
Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):
https://snifa.sma.gob.cl/UnidadFiscalizable/Ficha/17162