- Empresa arriesga multa de hasta mil unidades tributarias anuales (UTA).
- Esto, luego de constatar incumplimientos de las condiciones, normas, medidas e instrumentos previstos en el Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica (PPDA) que rige para el Valle Central de la Provincia de Curicó.
Región del Maule, 23 de julio de 2024. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló un cargo contra la empresa Industrias Vínicas S.A., titular del establecimiento denominado “Industrias Vínicas Planta Curicó”, ubicado en calle Panamericana Sur 285, comuna de Curicó, Región del Maule; por incumplimiento al Plan de Descontaminación Atmosférica que rige para esta zona del país.
Este procedimiento sancionatorio tiene como origen una actividad de fiscalización realizada en abril de 2023, donde se pudo constatar incumplimientos de las obligaciones establecidas en el plan de descontaminación atmosférica respectivo. Tras estos antecedentes, la Superintendencia formuló un cargo que fue clasificado como leve.
La infracción imputada se sustenta porque el titular no realizó la medición de sus emisiones de material particulado (MP), de acuerdo a la periodicidad establecida en el artículo 25 del Decreto Supremo N°44/2017 del Ministerio del Medio Ambiente (D.S. N°44/2017 MMA), mediante un muestreo isocinético que permita acreditar el cumplimiento de los límites de emisión establecidos en el artículo 21 del decreto antedicho, respecto de la caldera a biomasa con el número de registro CA-OR-20244, durante al periodo 20 diciembre 2019 al 20 diciembre de 2021, 20 diciembre 2021 al 20 diciembre de 2022 y 20 diciembre 2022 al 20 diciembre de 2023.
Al respecto, Mariela Valenzuela, jefa de la Oficina Regional de la SMA Del Maule explicó que “este procedimiento sancionatorio tiene como origen una actividad de fiscalización realizada al titular, y que nos permitió constatar que esta unidad fiscalizable no estaba cumpliendo con todas las obligaciones establecidas en este instrumento de gestión ambiental”.
Por su parte, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que “es importante recordar a los titulares que el cumplimiento ambiental es un imperativo, es parte de las reglas del juego. Los Planes de Descontaminación tienen un objetivo muy importante que es reducir los niveles de contaminación en el aire y cumplir con las medidas operacionales en episodios de preemergencia, y así, resguardar la salud de las personas. Por esta razón, es esencial que los titulares respeten lo establecido en materia de control de emisiones para fuentes fijas”.
Al tratarse de una infracción clasificada como de carácter leve, Industrias Vínicas S.A. arriesga una multa pecuniaria de hasta mil UTA, equivalente a más de $791 millones.
Tras la notificación de esta formulación de cargos, el titular cuenta con un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación.
Más información de cada formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3725