• La multa asciende a 42 UTA, equivalente a más de $32 millones, tras constatar superación del límite de la norma de ruidos durante agosto de 2017, lo que dio inicio a un procedimiento sancionatorio que finalizó con la aplicación de dicha sanción. Esta última fue reclamada por la empresa ante el Primer Tribunal Ambiental.

Región de Coquimbo, 20 de enero de 2024. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informa que el Ilustre Primer Tribunal Ambiental ratificó la sanción pecuniaria aplicada por esta Superintendencia a la empresa Molinera Coquimbo S.A., titular del proyecto “Harina El Morro”, por infracción a la norma de ruido establecida en el Decreto Supremo N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Multa asciende a 42 unidades tributarias anuales (UTA), equivalente a más de $32 millones y que la empresa deberá cancelar en la Tesorería General de la República.

Cabe recordar que en julio de 2020 la SMA inició un procedimiento sancionatorio tras constatar en una actividad de fiscalización realizada en agosto de 2017 un Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 59 dB(A), medición efectuada en horario nocturno, en condición interna, con ventana abierta, en un receptor sensible ubicado en Zona II (cuyo límite es de 45 decibeles).

Dicho procedimiento concluyó en abril de 2021 con una sanción de 42 UTA respecto a la infracción levantada de este procedimiento sancionatorio. Frente a lo cual, la empresa presentó un recurso de reposición a la SMA, que fue rechazado, manteniéndose la sanción pecuniaria contra la empresa. Luego, el titular presentó un recurso de reclamación ante el Primer Tribunal Ambiental, que fue rechazado en sentencia de fecha 18 de enero de 2024, confirmando la legalidad de la sanción aplicada.

Para más detalles ingresar a al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2276