• Las acciones comprometidas están orientadas a subsanar una infracción cometidas por la empresa, luego de constatar en una actividad de fiscalización la superación de los decibeles permitidos por la Norma de Emisión de Ruidos. Lo anterior, dio origen a una formulación de cargos en agosto de 2024. 

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió aprobar el programa de cumplimiento presentado por la empresa Comercial y Servicios Tracia Ltda., titular del establecimiento denominado Copec Angamos, en el marco del procedimiento sancionatorio iniciado en su contra en agosto de 2024.

El proyecto, ubicado en la comuna de Antofagasta, corresponde a una “Fuente Emisora de Ruidos”, al tratarse de una actividad comercial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, número 2 y 13 del Decreto Supremo N°38/2011, que establece la Norma de Emisión de Ruidos.

Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana en abril de 2023 que informaba sobre ruidos molestos, y cuyo origen era una máquina hidro-lavadora industrial para autolavado de vehículos. Frente a lo anterior, en agosto de 2023 se realizó una actividad de fiscalización al establecimiento, donde se constató la superación de los decibeles permitidos por la Norma de Emisión de Ruidos para el horario nocturno.

A raíz de estos antecedentes levantados durante la inspección, y tras el análisis técnico y legal, la SMA inició un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, donde se le imputó un cargo, tras la obtención de Niveles de Presión Sonora Corregidos (NPC) de 55 dB(A), medición efectuada en horario nocturno, en condición interna y en un receptor sensible ubicado en Zona II. La infracción fue clasificada como leve.

En este marco, la empresa presentó un programa de cumplimiento, donde comprometió una serie de acciones a ejecutar en un plazo de dos meses. Entre ellas, el titular comprometió la instalación de una “barrera acústica”, que consiste en una barrera con un material cuya densidad debe ser superior a los 10 Kg/m2, la cual, se debe instalar lo más cerca posible de la fuente para ser efectiva.

Al respecto, el titular propuso un cierre perimetral con planchas acústicas PMMA acrílica de 15 mm transparente (paños de 2 m x 4 m de alto), en el sector Lavamax de la estación de servicio. Junto con lo anterior, la empresa informó que, con anterioridad a la realización del proyecto de cierre perimetral con barreras acústicas, se ejecutó un cierre parcial de la máquina de aspirado.

También, una vez ejecutadas todas las acciones de mitigación de ruido, se realizará una medición de ruido por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA) con el objetivo de acreditar el cumplimiento de la Norma de Ruido.

El monto comprometido por el total de las acciones propuestas en el programa de cumplimiento (PDC) asciende a unos $52 millones aproximados.

En suma, las medidas se encuentran acorde con lo exigido y esperado por la SMA, propendiendo al cumplimiento normativo ambiental y haciéndose cargo de los efectos ocasionados por la infracción imputada.

Cabe hacer presente que, una vez ejecutado dicho programa de cumplimiento en el plazo comprometido, la Superintendencia del Medio Ambiente evaluará las acciones implementadas y definirá su cumplimiento, declarando la ejecución satisfactoria o el reinicio del procedimiento sancionatorio, según corresponda.

Los programas de cumplimiento son planes de acciones y metas que tienen como objetivo que el infractor vuelva al cumplimiento ambiental de la normativa infringida, y se haga cargo de los efectos generados por la infracción dentro de un plazo determinado y sujeto a la evaluación posterior que realiza la SMA sobre la ejecución satisfactoria de las acciones comprometidas.

Más información de la aprobación de este programa de cumplimiento ingresando al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3802