• Las acciones comprometidas están orientadas a subsanar cinco infracciones cometidas por la empresa, luego de constatar en actividades de fiscalización el incumplimiento de la obligación de reportar monitoreos de emisiones trimestrales e incumplimientos de las medidas establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica que rige para las comunas de Concepción Metropolitano. Lo anterior, dio origen a una formulación de cargos en diciembre de 2023. 

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió aprobar el programa de cumplimiento presentado por la empresa Tulsa S.A., titular de la unidad fiscalizable y establecimiento “Tulsa S.A.”, en el marco del procedimiento sancionatorio iniciado en su contra en diciembre de 2023.

TULSA S.A., es una empresa dedicada a la fabricación de tableros recubiertos, y donde opera con dos calderas -fuentes fijas-, por lo cual, esta unidad fiscalizable fue identificada como establecimiento afecto al instrumento de carácter ambiental (ICA) Impuesto Verde, definido en el artículo 8° de la Ley N°20.780.

Este caso tiene como origen cuatro actividades de fiscalización al proyecto: mayo de 2022 a través de un examen de información; julio y agosto de 2023 con actividad de inspección al proyecto y examen de información respectiva; y septiembre de 2023 mediante examen de información.

A raíz de estos antecedentes levantados durante las fiscalizaciones, y tras el análisis técnico y legal, la SMA inició un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa, donde se le imputaron cinco infracciones. La primera, y que fue clasificada como gravísima, se sustentó porque la empresa no presentó los reportes trimestrales de monitoreo de las emisiones del establecimiento correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022, evitando el ejercicio de las atribuciones de esta SMA al no poder incluir la cuantificación de las emisiones de este establecimiento en el consolidado que debe enviar cada año al SII, para que éste, a su vez, proceda al cálculo del impuesto correspondiente.

El resto de las infracciones imputadas estuvieron relacionadas a incumplimientos de las medidas establecidas en el Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) que rige para las comunas de Concepción Metropolitano.

En este marco, la empresa presentó un programa de cumplimiento, donde comprometió una serie de acciones a ejecutar en un plazo de 18 meses. Entre ellas, el titular comprometió presentar los reportes trimestrales de monitoreo de emisiones de la caldera N°1 y N°4 correspondientes a los años 2020, 2021 y 2022, junto con realizar el proceso de monitoreo, reporte y verificación de las emisiones de los años 2024 y 2025 afectas al impuesto establecido en el art. 8° de la Ley N°20.780 en el Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT), entre otras acciones.

El monto comprometido por el total de las acciones propuestas en el programa de cumplimiento (PDC) a $1.935.000.000.

En suma, las medidas se encuentran acorde con lo exigido y esperado por la SMA, propendiendo al cumplimiento normativo ambiental y haciéndose cargo de los efectos ocasionados por las infracciones imputadas.

Cabe hacer presente que, una vez ejecutado dicho programa de cumplimiento en el plazo comprometido, la Superintendencia del Medio Ambiente evaluará las acciones implementadas y definirá su cumplimiento, declarando la ejecución satisfactoria o el reinicio del procedimiento sancionatorio, según corresponda.

Los programas de cumplimiento son planes de acciones y metas que tienen como objetivo que el infractor vuelva al cumplimiento ambiental de la normativa infringida, y se haga cargo de los efectos generados por la infracción dentro de un plazo determinado y sujeto a la evaluación posterior que realiza la SMA sobre la ejecución satisfactoria de las acciones comprometidas.

Más información de la aprobación de este programa de cumplimiento ingresando al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3559