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Se invita a los interesados a postular hasta el martes de 15 de marzo.

Santiago, 29 de enero de 2016. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), como servicio público descentralizado perteneciente a la Administración del Estado debe dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 74, de la Ley N° 20.500, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, sobre asociaciones y participación ciudadana, que dispone “Los órganos de la Administración del Estado deberán establecer consejos de la sociedad civil, de carácter consultivo, que estarán conformados de manera diversa, representativa y pluralista por asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con la competencia del órgano respectivo.”

Para dar ejecución al mandato legal transcrito, mediante la dictación de la Resolución Exenta N° 1.360, de fecha 29 de noviembre del año 2013, se aprobó el reglamento del Consejo de la Sociedad Civil de la Superintendencia del Medio Ambiente, en el cual se establece que sus consejeros durarán en sus funciones un período de dos años, plazo que se encuentra cumplido.

En razón de lo señalado, el Superintendente del Medio Ambiente ha resuelto abrir un procedimiento de postulación para integrar el Consejo de la Sociedad Civil de este ente fiscalizador para el período comprendido entre los años 2016 a 2018, invitando a participar del proceso a instituciones sin fines de lucro, que tengan relación con la competencias de esta Superintendencia, como son:

a) Gremios u organizaciones empresariales del país;
b) Centros de estudios que se ocupen de materias que tengan relación con la protección del medio ambiente, y que no pertenezcan ni formen parte de instituciones de educación superior;
c) Facultades de ciencias ambientales de instituciones de educación superior;
d) Facultades o escuelas de derecho de instituciones de educación superior, que estudien o se ocupen de materias de Derecho Ambiental y/o Derecho Administrativo;
e) Organizaciones no gubernamentales cuyos fines tengan relación con la protección del medio ambiente;
f) Colegios de profesionales cuyas profesiones tengan relación con la protección del medio ambiente; y
g) Organizaciones sindicales del país.

Las solicitudes de todas las entidades deberán señalar el nombre de un representante titular y de un suplente para reemplazar al primero, en caso de que este se encuentre impedido de asistir a las sesiones que se celebren.

En el caso de las entidades señaladas en la letra e), la solicitud deberá consignar el nombre y domicilio de las entidades, y deberán acompañarse de los documentos que acrediten el objeto, la personalidad jurídica y la fecha de constitución de las mismas, las que deberán tener una existencia no inferior a un año, contado desde la fecha de la solicitud.

Las entidades gremiales que postulen deberán proponer una nómina, y acompañar a su solicitud los antecedentes relativos al número de afiliados y años de existencia.

Todas las solicitudes serán entregadas de forma presencial, en la Oficina de Partes de la Superintendencia del Medio Ambiente, ubicada en calle Teatinos N° 280, 8°piso, entre las 09:00 y 13 horas. No se aceptarán las solicitudes que se entreguen con posterioridad al día martes 15 de marzo de 2016.

La designación de los consejeros que integrarán el Consejo de la Sociedad Civil de la Superintendencia del Medio Ambiente, se efectuará mediante la respectiva resolución exenta del Superintendente del Medio Ambiente, a más tardar el día martes 29 de marzo de 2016, y tendrá vigencia a contar del día 01 de mayo de 2016, de conformidad a lo señalado en el artículo 4° de la resolución exenta N ° 1.360, ya singularizada.