• A partir de enero de 2025, la Superintendencia del Medio Ambiente puso a disposición de los Sistemas de Gestión el Sistema de Reporte de la Responsabilidad Extendida del Productor (SISREP), con el objetivo de que los regulados puedan realizar sus reportes en materia de cumplimiento de metas y obligaciones asociadas.

En el marco de la implementación de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) puso a disposición el Sistema de Reporte SISREP, con el objetivo de que los regulados -Sistemas de Gestión- puedan realizar sus reportes en materia de cumplimiento de metas y obligaciones asociadas.

La plataforma SISREP es una herramienta tecnológica, cuyo objetivo principal es garantizar el cumplimiento normativo en la gestión de residuos mediante la automatización de flujos de trabajo, la validación de datos y la trazabilidad de residuos desde su generación hasta su disposición final.

La habilitación del Sistema de Reporte de la Responsabilidad Extendida del Productor, se ajusta a lo instruido por la SMA en su Resolución Exenta N°2084/2023 (instrucción sobre trazabilidad de datos, reportes mensuales y contenido de los informes de cumplimiento para la Ley REP), además de la Resolución Exenta N°2279/2024 que introduce modificaciones en los plazos para la entrega de reportes, complementados con un cronograma que establece fechas para registrarse y reportar información en la plataforma SISREP.

Con la habilitación de la plataforma SISREP, se da inicio a una primera etapa, que tiene por objetivo que los Sistemas de Gestión puedan catastrase en la plataforma para, posteriormente en una segunda etapa, comenzar a reportar las cantidades de residuos de productos prioritarios valorizados, de forma periódica. El sistema también contempla una tercera etapa para que los consumidores industriales, afectos a la Ley REP, puedan registrarse y comenzar a reportar las cantidades de residuos de productos prioritarios valorizados.

La entrega de los reportes, por parte de los sistemas de gestión ya sea individuales o colectivos, le permitirá a la SMA:

  • Monitorear el cumplimiento de las metas de recolección y valorización de residuos: Esto incluye supervisar que los Sistemas de Gestión y los productores alcancen las metas establecidas en los decretos supremos asociados a cada producto prioritario.
  • Asegurar la trazabilidad de los residuos: Desde su generación hasta su disposición final, garantizando una gestión responsable y sostenible.
  • Facilitar la fiscalización y la rendición de cuentas: Los datos reportados permiten identificar posibles incumplimientos, irregularidades o áreas de mejora en la gestión de residuos.
  • Promover la economía circular: Al fomentar la reutilización, reciclaje y valorización de residuos, contribuye a una gestión más eficiente y sostenible.
  • Aplicar sanciones en caso de incumplimientos: La normativa establece penalizaciones por no cumplir con las metas o por irregularidades en los informes.

 

Las etapas y plazos que establece la R.E. N°2279/2024, son los siguientes:

Etapa 1 Catastro de sistemas de gestión Durante enero de 2025, la SMA habilitará sistema para catastro
Etapa 2 Reporte de sistemas de gestión Durante abril de 2025 la SMA habilitará sistema de reporte para meses de enero y febrero de 2025.

Los reportes mensuales siguientes se reportan de acuerdo a lo instruido por la SMA.

Etapa 3 Catastro y reporte de consumidores industriales Durante junio de 2025 la SMA habilitará sistema para catastro de consumidores industriales, así como el sistema de reporte de los meses que correspondan al momento del registro o catastro.

Los reportes mensuales siguientes se reportan de acuerdo a lo instruido por la SMA.