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El documento regula los aspectos técnicos asociados a la validación de los Sistemas de Monitoreo Continuos de Emisiones (CEMS) de este tipo de instalaciones.

Santiago, 13 de febrero de 2015. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó en el Diario Oficial el Protocolo para regular aspectos técnicos asociados a la validación de los Sistemas de Monitoreo Continuos de Emisiones (CEMS, por sus siglas en inglés), exigido en el D.S. N°29/13 del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que establece Norma de Emisión para Incineración, Coincineración y Coprocesamiento.

El Decreto Supremo 29 derogó el D.S. N° 45 de 2207 del Ministerio Secretaria General de la República. Este establece, para todo el territorio nacional, la norma de emisión para las instalaciones de incineración, las instalaciones de coincineración que correspondan a hornos rotatorios de cal o a instalaciones forestales y para las instalaciones de coprocesamiento que correspondan a hornos de cemento, que utilicen combustibles distintos a los tradicionales. Su objetivo es prevenir los efectos negativos sobre la salud de la población y los recursos naturales, derivados de las emisiones tóxicas provenientes de estos procesos.

El protocolo publicado por la SMA permite asegurar que los equipos de Monitoreo Continuo de Emisiones entreguen resultados confiables, de acuerdo a metodologías establecidas por la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (US-EPA). Además, el documento establece los diferentes ensayos que deben aplicarse para validar CEMS instalados en unidades o fuentes afectas al D.S. N°29/13 del Ministerio del Medio Ambiente.

Más información en: icon Resolución 94/2015