- La notificación se realizó luego de que se detectaran desviaciones en las obligaciones que deben reportar los establecimientos a la Superintendencia, de acuerdo a lo que está contemplado en la normativa.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizó una notificación preventiva a un total de 409 titulares de 2.427 fuentes fijas (509 establecimientos) que se encuentran afectas al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana, luego de que se detectaran desviaciones a las obligaciones estipuladas en la normativa.
Esta notificación preventiva tiene como finalidad que los establecimientos afectos, según corresponda y de acuerdo a lo estipulado en el plan y en las instrucciones generales de la SMA, regularicen su registro de información en el módulo de catastro del Sistema de Seguimiento Atmosférico (SISAT) de la SMA; que reporten en el módulo de muestreo y/o medición del SISAT los informes de muestreo y análisis de material particulado de las fuentes estacionarias afectas al Plan; y que aseguren la conexión en línea con los sistemas de la SMA de las variables operacionales y sistemas de monitoreo continuo de emisiones de MP, NOx y SO2, según corresponda.
De esta forma, lo que busca el correo preventivo es que las fuentes reguladas propendan al cumplimiento ambiental, con el objetivo de apuntar a controlar los niveles de contaminación en el aire y, con esto, resguardar la salud de la población.
La Superintendenta Marie Claude Plumer destacó que “de acuerdo al análisis realizado sobre la información reportada en el SISAT, más de 800 fuentes estacionarias de la Región Metropolitana están en cumplimiento con sus límites de emisión de material particulado, lo cual es una señal clara de las mejoras que se han ido aplicando en el monitoreo y del comportamiento de los regulados”.
Es importante recordar que la Superintendencia del Medio Ambiente tiene competencia sancionatoria en relación con el incumplimiento de medidas establecidas en el PPDA de la RM y en las instrucciones dictadas por este organismo.
De acuerdo a la Ley Orgánica de la SMA, las sanciones podrían considerar desde una amonestación por escrito, multas de una a diez mil unidades tributarias anuales ($791.604 a $7.916.040.000, calculadas al mes de julio); y hasta la clausura temporal o definitiva.


