Fiscalización y Seguimiento Ambiental

En el marco del seminario “Fiscalización y Seguimiento Ambiental” se analizaron las instrucciones dictadas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para el reporte de estos seguimientos que son cruciales para la labor de la fiscalización.

Santiago, 15 de julio de 2013. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) llevó a cabo la semana pasada el seminario “Fiscalización y Seguimiento Ambiental”, organizado por la División de Fiscalización. La actividad fue dirigida a titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) y contó con la presencia de más de 100 encargados ambientales de compañías con proyectos con RCA en el Hotel Plaza San Francisco.

En la instancia se detalló el seguimiento ambiental asociado a RCA como también aquellos requerimientos de las Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación (PPDA).

Esta última área fue expuesta por el jefe de la Unidad Técnica de la División de Fiscalización, Juan Eduardo Johnson, quien explicó que la SMA ha publicado 3 resoluciones (RES N° 117, 233 y 234) que detallan la forma y el modo de remitir antecedentes de seguimiento ambiental que se asocian a estas materias.

“Aquellos compromisos adquiridos en RCA y que guarden estricta relación con el cumplimiento de alguna norma y/o plan contenido en las resoluciones dictadas por la SMA, no deben ser ingresadas mediante el Sistema de Seguimiento Ambiental (Resolución 844), sino que deben ser enviados directamente a los Organismos de la Administración del Estado Subprogramados o a la SMA, según corresponda”, aclaró Johnson y agregó que todos los compromisos de seguimiento ambiental establecidos en una RCA que sean complementarios a las normas y/o planes contenidos en las resoluciones dictadas por la SMA, deberán remitirse a través del Sistema de Seguimiento Ambiental.

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icon 04_Seguimiento Ambiental Normas y Planes

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SMA realiza seminario de Fiscalización y Seguimiento Ambiental