El documento explica cómo utilizar el mecanismo de denuncia ante incumplimientos a los instrumentos de gestión ambiental de competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
Santiago, 02 de septiembre de 2103. La Unidad de Instrucción de Procedimientos Sancionatorios junto con la Unidad de Atención Ciudadana de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) desarrollaron la nueva “Guía práctica para denuncias de la Ciudadanía”, con el fin de incentivar la utilización responsable de esta herramienta jurídica que permite poner en marcha la actividad fiscalizadora y sancionatoria de la SMA.
No obstante lo indicado, la sola presentación de antecedentes ante esta Superintendencia no resulta, en sí mismo, suficiente para que pueda iniciarse un procedimiento sancionatorio. Esto, porque además de comunicarse un hecho presuntivamente contrario a la normativa medioambiental, es necesario que se cumplan los requisitos formales establecidos en la ley y que, además, los hechos denunciados pasen el examen de seriedad y mérito que la ley impone al actuar de la SMA.
¿Qué se puede denunciar?
Los instrumentos de gestión ambiental sobre los que la SMA tiene competencia son:
• Las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA)
• Planes de prevención y/o descontaminación ambiental –por ejemplo, las normas del Plan de Descontaminación de la ciudad de Temuco o de Santiago-.
• Normas de Calidad –las que pueden subdividirse en normas de calidad primaria, las que dicen relación con un potencial riesgo a la salud de las personas.
• Normas de Emisión –tales como la norma sobre ruido o de descarga de residuos industriales líquidos-; y los Planes de Manejo, cuando corresponda.
Requisitos de las denuncias
• Deben ser formuladas por escrito, en papel, a la SMA, señalando lugar y fecha de su presentación.
• Individualización completa del denunciante (nombre, cédula de identidad y domicilio) el que, además, deberá suscribirla personalmente o por su mandatario o representante habilitado. Toda denuncia debe ser firmada.
• Debe contener una descripción de los hechos concretos que se estiman constitutivos de la infracción, precisando el lugar y fecha de comisión.
• De ser posible, se debe identificar al presunto infractor, agregar datos de coordenadas geográficas, e indicar si es posible asociar los hechos a una resolución de calificación ambiental.
Si bien este documento es un material meramente informativo y, por consiguiente, no tiene fuerza normativa, es de esperar que sea una ayuda significativa para los ciudadanos, con miras a promover y obtener el cumplimiento de la normativa ambiental.