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Se publicaron en el Diario Oficial los requisitos que deben cumplir las nuevas Entidades Técnicas de Certificación Ambiental (ETCA) y las Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA), para los alcances que se indican.

Santiago, 23 de noviembre de 2015. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) informa a todos los interesados que ha publicado en el Diario Oficial los requisitos y condiciones para la autorización de Entidades Técnicas a través de las siguientes resoluciones exentas: 

Las Entidades Técnicas de Certificación Ambiental (ETCA) tienen por objetivo evaluar y certificar el cumplimiento de los instrumentos de gestión ambiental y otros instrumentos especificados en el artículo 19 del Decreto Supremo N° 39/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, siempre que esto sea exigido en dichos instrumentos.

Por su parte, las Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFA) tienen por objetivo realizar actividades de fiscalización ambiental (inspección ambiental en terreno, verificación (examen de información), medición, análisis y/o muestreo). Lo anterior implica, entre otras cosas, que un sujeto fiscalizado, para dar cumplimiento a sus obligaciones de medición, análisis y/o muestreo, deberá contratar a una ETFA autorizada por la SMA en el alcance que corresponda, para dar cumplimiento a una normativa ambiental específica o general, o para realizar reportes periódicos del cumplimiento de programas de cumplimiento, planes de reparación, planes de compensación o medidas provisorias.

La autorización de dichas Entidades Técnicas por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, para los alcances publicados, estará supeditada a la formalización del inicio del proceso de acreditación bajo la norma NCh-ISO17020-2012, con el Instituto Nacional de Normalización (INN), así como a la verificación del cumplimiento del Perfil de Competencias Técnicas del Evaluador de Conformidad Ambiental y del Inspector Ambiental, según corresponda.

La información se encuentra publicada en la página Web de la Superintendencia: http://entidadestecnicas.sma.gob.cl/Home/Documentos

Todas las consultas referidas exclusivamente a las Entidades Técnicas, deben ser derivadas al correo registroentidades@sma.gob.cl