En este caso se levantaron cinco infracciones a su resolución, luego de fiscalizaciones en terreno que se iniciaron por denuncias de la ciudadanía.

Puerto Montt, 17 de mayo de 2022. La Superintendencia del Medio inició un procedimiento sancionatorio contra la “Planta de Carbonato de Calcio Calagro”, de inversiones Las Garzas, ubicada en la ruta a Puerto Montt Pargua Km. 10425, de la Ruta 5 sur, comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos, la cual se encuentra regulada por la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°105 del 2013, tras detectar cinco infracciones a su resolución, luego de fiscalizaciones en terreno que se iniciaron por denuncias de la ciudadanía.

La instalación consiste en una planta de carbonato de calcio, la cual utiliza conchas de moluscos como materia prima, para producir un máximo de 50.000 toneladas de Cal al año, a través de 2 líneas de proceso independientes.

El funcionamiento de dicha planta comenzó en 2015 y desde el 2018 la Oficina Regional de Los Lagos, comenzó a recibir distintas denuncias de la ciudadanía, y de otras entidades, las cuales fueron fiscalizadas en su oportunidad, y hoy, junto con analizar información remitida por la empresa en materia de seguimiento ambiental, se ha iniciado este proceso sancionatorio.

“Entendemos el malestar de la ciudadanía, siempre ha sido complejo abordar este tipo de denuncias asociadas a la generación de malos olores, la proliferación vector, junto con polvillo en suspensión, provenientes de la planta, y que estarían afectado la salud de las personas. Es por ello, que hemos puesto todo nuestro esfuerzo para responder a la ciudadanía y así iniciar los procedimientos que corresponden”, explica Ivonne Mansilla, jefa de la Oficina Regional de Los Lagos.

Los hechos infraccionales imputados al titular de la planta Calagro son los siguientes:

  1. Incumplimiento de la medida de monitoreo de olores establecida en la RCA N°105/2013 y su respectiva evaluación ambiental, en cuanto a que el monitoreo de impacto-odorante se realiza anualmente en una fecha distinta a la exigida, la metodología aplicada no contempla todas las fuentes de olores y el titular no ha informado los informes relativos a los años 2020, 2021 y 2022.
  2. Incumplimiento a las medidas establecidas para el acopio de conchas y otras, asociadas al control de la generación olores molestos en los distintos procesos, en cuanto el titular ha mantenido materia prima fresca en el sector patios de recepción, sobrepasando tanto en superficie, cantidad y en tiempo de acopio; esto es, materia prima en espera de iniciar el procesamiento, acopiada en tolvas fuera del patio de recepción, a la intemperie, en tolvas no estancas, sobre suelo desnudo, y por más tiempo del autorizado; y materia prima almacenada que incluye conchas con restos cárneos y choritos enteros con claros indicios de descomposición.
  3. Titular no aplica las medidas establecidas por RCA N°105/2013 ante reclamos por malos olores.
  4. Incumplimiento de medidas y condiciones respecto a la generación de material particulado considerando que el titular ha mantenido el acopio de productos intermedios y productos terminados a la intemperie, sin las medidas correctas, incluso en sacos rotos, y que los filtros de mangas instalados para la recuperación de polvos no funcionan correctamente.
  5. Titular no mantiene actualizada la plataforma Sistema de Resoluciones de Calificación Ambiental, en relación con las consultas de pertinencia realizadas por la empresa.

El cargo N°2 se ha clasificado preliminarmente como grave, mientras que el resto ha sido clasificado como leve. Los cargos leves pueden ser objeto de multa hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), y en el caso de las graves podrían llegar a multas de 5.000 UTA. En este caso, la empresa arriesga una multa de 9.000 UTA, equivalentes a $5.900 millones.

La empresa Calagro tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación del inicio del proceso sancionatorio.

Para obtener mayores detalles de este caso, puede acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2894