- La inmobiliaria ejecutó su proyecto “Vista Cordillera Etapas I y II” sin contar con el permiso ambiental requerido para su construcción.
- El titular arriesga una multa de hasta cinco mil unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $3.946 millones.
Región de Los Lagos, 27 de junio de 2024. La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra la empresa Inmobiliaria Pocuro Sur SpA., titular del Proyecto “Vista Cordillera Etapas I y II”, asociado a la unidad fiscalizable “Inmobiliaria Pocuro Sur-Sector Valle Volcanes”, ubicado en calle Cerro Tronador s/n, sector Valle Volcanes, comuna de Puerto Montt, región de Los Lagos; luego de constatar que las obras del proyecto, que no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), han intervenido un humedal situado dentro del límite urbano en la comuna de Puerto Montt.
Este caso tiene como origen 11 denuncias ciudadanas, presentadas por particulares, el Comité de Administración Condominio Alto del Bosque y la Agrupación por los Humedales y Entornos Naturales Gayi, quienes denunciaron que el proyecto inmobiliario se habría comenzado a ejecutar en febrero de 2021, con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N°21.202 sobre Humedales Urbanos, sin contar con una RCA que lo autorice, generando afectaciones al humedal emplazado en el sector Valle Volcanes de la comuna de Puerto Montt, al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
A raíz de estos antecedentes se realizaron actividades de fiscalización a cargo de la Oficina Regional SMA Los Lagos, en conjunto con otros organismos sectoriales, donde se constató principalmente la ejecución de obras de construcción y urbanización al interior de un área que presenta las características de un humedal situado dentro del límite urbano, sin contar con RCA, y cuya ejecución ha implicado la realización de labores de escarpe, despeje de vegetación, remoción y compactación de suelo a través de maquinaria pesada, construcción de zanjas para drenaje y el consiguiente secado del área intervenida, para la edificación de las obras constructivas.
En base a lo anterior, esta Superintendencia formuló un cargo grave contra la empresa, al haberse ejecutado, sin contar con el permiso ambiental respectivo, un proyecto inmobiliario cuyas obras de acondicionamiento de terreno, construcción y urbanización, se realizaron al interior de un humedal que se sitúa dentro del límite urbano, generando su alteración física y química.
Al respecto, Ivonne Mansilla, Jefa de la Oficina Regional SMA de Los Lagos relevó que “esta formulación de cargos se sustenta en actividades de fiscalización donde se pudo evidenciar el riesgo ambiental que ha generado este proyecto inmobiliario al humedal urbano emplazado en el sector Valle Volcanes, ecosistema de alto valor ambiental en que cohabitan especies que se encuentran en categoría de conservación, tales como el sapito de cuatro ojos, el puye, la bandurria, entre otras especies, sumado a una importante presencia de vegetación hidrófila, en que destaca la abundancia de ejemplares de costilla de vaca”, indicó.
Por su parte, la Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que “es importante recordarles a todos los titulares de proyectos que conlleven un impacto ambiental, a contar con los permisos ambientales requeridos para la ejecución de estos. En nuestro país existe una normativa ambiental que exige su cumplimiento por parte de todas las empresas”.
En el caso de las infracciones graves, los titulares se exponen a multas de hasta 5.000 UTA, junto con la revocación de la RCA o clausura. En este caso la empresa Inmobiliaria Pocuro Sur SpA arriesga una multa de hasta cinco mil UTA, equivalente a más de $3.946 millones.
Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa cuenta con un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, ambos plazos contados desde la notificación.
Más información en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3692