• Las dos infracciones fueron clasificadas como graves, por lo que, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el titular arriesga una multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $7.987 mil millones (valor actual). 
  • El proyecto “Escombrera Green World” se encuentra ubicado en la comuna de Rancagua, Región de O´Higgins. 

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de dos cargos contra la Sociedad Comercial Green Worlds Limitada, titular del proyecto “Escombrera Green World”. Este proyecto se encuentra ubicado en la comuna de Rancagua, Región de O´Higgins. 

El proyecto consiste en un sitio de disposición final de residuos sólidos industriales inertes, cuya capacidad es superior a las 50 toneladas de disposición. Además, el predio donde se ejecuta la escombrera se encuentra en el sector de la ribera norte del río Cachapoal, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable. 

Este caso tiene como origen una denuncia ciudadana, la cual, plantea que el titular del proyecto estaría desarrollando la actividad sin haber sido evaluada ambientalmente. 

Sumada esta denuncia, la Seremi de Salud de la Región de O’Higgins realizó una denuncia sectorial ante la SMA remitiendo antecedentes que dan cuenta de las cantidades mensuales de residuos depositados en el proyecto, correspondiente al año 2016. Frente a estos antecedentes, la SMA realizó un examen de información, cuyas conclusiones quedaron plasmadas en un Informe de Fiscalización Ambiental. 

Junto con lo anterior, la Superintendencia inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el cual no fuera cumplido por la empresa. 

A partir de todos estos antecedentes, y luego del análisis legal, la Superintendencia del Medio Ambiente imputó dos incumplimientos por parte del titular, los que fueron clasificados como graves.  

La primera infracción se sustenta porque la empresa ha ejecutado un proyecto de disposición de residuos industriales sólidos de capacidad total de disposición superior a 50 toneladas, sin contar con una RCA. 

Y la segunda infracción levantada se sustenta luego de constatar que el titular no dio cumplimiento al requerimiento de ingreso al SEIA efectuado con fecha 29 de julio de 2019, mediante la Resolución Exenta N°1073/2019, sobre la base del cronograma aprobado mediante la Resolución Exenta N°1285/2019. 

De acuerdo con la LOSMA, por las infracciones graves un titular se expone a una multa de hasta 5.000 UTA, junto con la revocación de la RCA o clausura. En este caso la empresa, arriesga una multa de hasta 10 mil UTA, equivalentes a$7.987 mil millones (valor actual). 

Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde la notificación. 

Más información en elSistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3844