• La empresa deberá prohibir las actividades de acopio y disposición de material de construcción, además de la presentación de un Programa de Monitoreo de anfibios.

Osorno, Región de Los Lagos, 26 de septiembre de 2023.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas urgentes y transitorias (MUT) a la empresa Constructora Salfa S.A. titular de la ejecución material del “Proyecto Habitacional Lote 2 – Zanjones”, debido a la afectación de los sectores Villa Primavera I, Villa Primavera II y sector humedales emergentes estacionales, que forman parte del Sistema de Humedales de Ovejería, por la disposición de material proveniente del escarpe y remoción de suelo.

El proyecto inmobiliario emplazado en el sector Ovejería Alto, comuna de Osorno, tiene como objetivo la construcción de 340 departamentos distribuidos en edificaciones de 4 y 5 pisos en condominio y 60 unidades de vivienda en extensión bajo régimen de condominio, en una superficie estimada de 5,57 hectáreas y cuenta con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°162/2019 que lo regula, la que establece que no se contempla acopio de material y que los excedentes serán llevados a un sitio de disposición autorizado.

Sin embargo, durante este 2023 la Superintendencia acogió una denuncia asociada al posible incumplimiento de la RCA, lo que derivó en inspecciones ambientales efectuadas en abril y mayo de este año, en las que se constataron actividades y obras fuera de los límites establecidos para el proyecto, que corresponden a movimientos de tierra, escarpe y remoción de suelo, entre otras. En concreto, se constató la acumulación de material terrígeno fuera de los límites del proyecto en cuatro lugares, lo que abarca una superficie total acopiada de 31.717 m2, afectando una superficie total de 1.4 hectáreas, correspondiente a un 7,44% del “Humedal Ovejería”. Con posterioridad, se recibieron denuncias en los meses de agosto y septiembre de 2023, lo que conllevó la ejecución de una nueva inspección ambiental.

Cabe mencionar que, con fecha 18 de noviembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N°1305 del Ministerio del Medio Ambiente donde se reconoce el Humedal Urbano Sistema de Humedal Ovejería, que se caracteriza por funcionar como conexión hídrica y ecosistémica, generando las condiciones del relieve y la conectividad de este sistema hídrico-vegetacional, las cuales son parte del hogar de especies nativas del patrimonio natural local.

Frente a esto, la SMA resolvió como primera medida, prohibir todas las actividades de acopio y disposición de material de construcción ejecutado por la empresa Constructora Salfa S.A., con relación al proyecto “Proyecto Habitacional Lote 2 – Zanjones”, en los sectores Villa Primavera I, Villa Primavera II y sector humedales emergentes estacionales, y en cualquier otro sector donde esté inserto en el Humedal Urbano “Humedal Ovejería”. La prohibición deberá ser implementada de forma inmediata, desde la notificación de la resolución que ordena la medida, y por un plazo de 90 días corridos.

En segundo lugar, el titular tendrá 15 días corridos para presentar un Programa de Monitoreo de anfibios en los sectores Villa Primavera I, Villa Primavera II y sector humedales emergentes del humedal urbano “Humedal Ovejería”, donde actualmente se encuentra acopiado material terrígeno, con el fin de dar seguimiento a esta variable ambiental asociada al componente fauna, determinando el estado actual de las poblaciones de anfibios del sector. Asimismo, se fija un plazo de 75 días corridos para su ejecución.

Sumado a lo anterior, la Superintendencia efectuó un Requerimiento de Información para que en un plazo no mayor a 10 días corridos contados desde el término de vigencia de las medidas urgentes y transitorias ordenadas, se presente un informe final que dé cuenta de la ejecución de la totalidad de las medidas, el que debe considerar fotografías fechadas (día y hora), formato JPG y georreferenciadas.

Al respecto, Ivonne Mansilla, Jefa de la Oficina Regional SMA de Los Lagos explicó que “estas medidas están orientadas en primer lugar para que el ejecutor material de este proyecto respete el permiso ambiental otorgado, y en paralelo, proteger los humedales emergentes estacionales que colindan con este proyecto inmobiliario”.

Para más detalles de las medidas urgentes y transitorias, ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), a través del siguiente link: https://snifa.sma.gob.cl/MedidaProvisional/Ficha/445