- Tras las actividades de fiscalización, la SMA constató que el sistema de tratamiento para los residuos industriales líquidos generados por la comercializadora, podrían afectar a las aguas subterráneas y operarían sin una Resolución de Calificación Ambiental.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas provisionales pre-procedimentales en contra de la empresa Comercializadora Aqua Austral Ltda., titular del proyecto “Pesquera Aqua Austral”, ubicada en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos.
El proyecto, que opera desde el 2015, consiste en una planta de procesamiento de merluza y salmón, generando subproductos en formato de filete, que considera un sistema de tratamiento físico-biológico para los residuos industriales líquidos (RILes) generados por su actividad.
Las medidas tienen como origen denuncias ciudadanas asociadas con emanación de olores molestos y contaminación del entorno por vertimiento de residuos líquidos. El proyecto se ubica en un sector rural, próximo a viviendas, una posta de salud y una escuela de educación básica, que estarían siendo directamente afectadas por los olores molestos.
Frente a esta situación, en febrero de este año, la SMA realizó un requerimiento de información al titular, además de una inspección ambiental en terreno, donde se constató la presencia de olores molestos asociados al acopio de restos de peces en descomposición, tanto en tolvas, como en el área de almacenamiento en bins. Además, se observó un ducto que conduce residuos líquidos, los cuales escurren hacia un sector aledaño, formando un pantano que estaría generando malos olores, en torno al cual hay presencia de vegetación.
Sumado a esto, se corroboró la infiltración de RILes, generando una potencial contaminación a aguas subterráneas en el sector Trapén, cuya napa alimenta un sistema de agua potable rural. Lo anterior, implicaría que el proyecto no cumpliría con lo establecido en la Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas (D.S. N°46), considerando que no se ha determinado la vulnerabilidad del acuífero por parte de la Dirección General de Aguas (DGA), ni se ha dictado la Resolución de Programa de Monitoreo (RPM) por parte de la SMA, si así correspondiera.
Cabe destacar que la planta se encuentra dentro de la cuenca hidrográfica del río Maullín, por lo que todos los cuerpos de agua confluyen finalmente en ese cauce. Este río posee una alta relevancia ambiental, ya que alberga bosques pantanosos, considerados como uno de los hábitats naturales más amenazados del país y donde habitan especies vulnerables como el flamenco chileno y el huillín.
Por otra parte, tras el análisis de la SMA se puede indicar que no existe constancia de que el sistema de tratamiento de Riles de la empresa, haya ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) correspondiente.
La Superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que “las medidas fueron dictadas tras constatar que el sistema de tratamiento de residuos líquidos operado por el titular estaría generando una posible contaminación de las aguas subterráneas que alimentan un sistema de agua potable rural, además de la emanación de olores molestos. Con estas acciones, buscamos controlar el riesgo para la salud y medioambiente que actualmente representa la operación del proyecto”.
Debido a los antecedentes antes señalados, la Superintendencia ordenó a la empresa adoptar, en un plazo de 15 días hábiles, las siguientes medidas provisionales pre-procedimentales:
Sobre el riego asociado a la generación de residuos industriales líquidos (RILes):
- Suspender la descarga de RILes hacia pozos de infiltración y sitio aledaño a la planta.
- Retirar o sellar la totalidad de ductos o elementos que permitan continuar con la descarga.
- Extraer todos los RILes generados por la operación de la planta de proceso, debiendo trasladarlos y disponerlos en lugar autorizado.
Las tres medidas señaladas deberán ejecutarse durante un plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución.
- Acreditar el inicio de las gestiones ante la Dirección General de Aguas, a objeto que dicho servicio determine la vulnerabilidad del acuífero, y con ello, definir si el proyecto puede infiltrar sus residuos industriales líquidos, dentro del plazo de10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución.
- Extraer los RILes vertidos en sitio aledaño a la planta y disponerlo en sitio autorizado, debiendo informar la cantidad extraída (en metros cúbicos), dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación.
- Respecto al manejo de residuos orgánicos y gestión de olores:
- Se debe presentar un informe técnico de mejora de gestión de residuos sólidos orgánicos, dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución.
Junto con lo anterior, la SMA requirió información al titular, para que en un plazo de 5 días hábiles contados desde el vencimiento de las medidas haga entrega de un informe que dé cuenta de la correcta implementación de la totalidad de las medidas ordenadas. Además, la empresa deberá entregar reportes quincenales del estado de avance de la tramitación de la vulnerabilidad del acuífero ante la Dirección General de Aguas, a contar del vencimiento del plazo de las medidas.
Más información en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).