• Fiscalizaciones y análisis constataron la operación de un plantel de engorda bovina de dimensiones industriales sin Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento de requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en contra de Agrícola, Forestal y Ganadera Mario Patricio Muñoz Montecinos E.I.R.L., por la ejecución del Plantel Bovino Fundo El Regocijo sin contar con RCA.

El proyecto, ubicado en la comuna de San Rafel, provincia de Talca, corresponde a un plantel de engorda de bovinos destinado a la producción de carne, con terrenos para la alimentación de los animales y sectores de confinamiento (naves) consistentes en estructuras abiertas de metal.

El caso se origina tras la presentación de una denuncia que indicaba que el plantel operaba con más de mil cabezas de ganado sin el permiso ambiental respectivo. Ante ello, funcionarios de la SMA realizaron inspecciones en terreno en enero y febrero de 2025, además de un requerimiento de información al titular.

Como resultado de las inspecciones en terreno, se constató que el proyecto, en operación desde 2006, se emplaza en un área de aproximadamente 700 hectáreas y cuenta con dos sectores de confinamiento que albergan cerca de 900 y 850 bovinos respectivamente totalizando alrededor de 1.750 animales. De esta manera, se configura como un plantel de engorda de dimensiones industriales. Asimismo, se verificó que los bovinos permanecen en el proceso de engorda aproximadamente seis meses.

Lo anterior, considerando que, conforme a la normativa vigente, se considera de dimensiones industriales todo plantel que mantenga en confinamiento en patios de alimentación, por un período superior a un mes continuado, a 300 o más animales de ganado bovino de carne.

La Jefa de la Oficina Regional de la SMA en Maule, Mariela Valenzuela destacó que “La normativa es clara respecto de las dimensiones que deben tener los planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales para ser considerados de carácter industrial; por lo mismo, corresponde iniciar este procedimiento de ingreso, dado que el titular debería operar con el permiso ambiental respectivo”.

Con estos antecedentes, la SMA cuenta con indicios suficientes para iniciar el procedimiento de requerimiento de ingreso al SEIA. La empresa dispone de 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación, para presentar las observaciones, alegaciones o pruebas que estime pertinentes frente a la hipótesis de elusión a la evaluación ambiental.

Más información sobre este requerimiento en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/RequerimientoIngreso/Ficha/241